Page 128 - La Industria agroalimentaria y las marcas de distribución 2016
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COMPLEMENTO DE INCAPACIDAD TEMPORAL:
Solo se encuentra regulado en el 23% de los Convenios.
Se regula
23%
No se regula
77%
Como ejemplo:
ALMENDRAS LLOPIS, S.A. (CONVENIO DE INDUSTRIAS DE MANIPULACIÓN Y
EXPORTACIÓN DE FRUTOS SECOS DE ALICANTE)
En los casos de enfermedad y siempre que requiera intervención quirúrgica y
hospitalización, se complementará por la Empresa la prestación económica hasta el
100 % del salario real, mientras se encuentre hospitalizado. Igualmente en los casos
de fractura traumática aunque no requiera hospitalización. En los casos de accidente
laboral y enfermedad profesional la empresa completará la prestación económica
hasta el 100% del salario real desde el primer día de la baja.
SALUD LABORAL:
Todos los Convenios tienen recogida regulación en el aspecto de Salud laboral, si
bien en la totalidad de los casos se remite al contenido de la LEY Y EL Reglamento de
Prevención.
IGUALDAD:
Se regula en el 63% de los casos.
No se regula
37%
Se regula
63%
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