Page 128 - La Industria agroalimentaria y las marcas de distribución 2016
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COMPLEMENTO DE INCAPACIDAD TEMPORAL:
                        Solo se encuentra regulado en el 23% de los Convenios.


                                                                                      Se regula
                                                                                      23%


                        No se regula
                        77%











                        Como ejemplo:

                        ALMENDRAS  LLOPIS,  S.A.  (CONVENIO  DE  INDUSTRIAS  DE  MANIPULACIÓN  Y
                        EXPORTACIÓN DE FRUTOS SECOS DE ALICANTE)
                        En  los  casos  de  enfermedad  y  siempre  que  requiera  intervención  quirúrgica  y
                        hospitalización, se complementará por la Empresa la prestación económica hasta el
                        100 % del salario real, mientras se encuentre hospitalizado. Igualmente en los casos
                        de fractura traumática aunque no requiera hospitalización. En los casos de accidente
                        laboral  y  enfermedad  profesional  la  empresa  completará  la  prestación  económica
                        hasta el 100% del salario real desde el primer día de la baja.


                        SALUD LABORAL:
                        Todos  los  Convenios  tienen  recogida  regulación  en  el  aspecto  de  Salud  laboral,  si
                        bien en la totalidad de los casos se remite al contenido de la LEY Y EL Reglamento de
                        Prevención.


                        IGUALDAD:
                        Se regula en el 63% de los casos.






                              No se regula
                              37%




                                                                                         Se regula
                                                                                         63%














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