Page 23 - NC 2023 en el Sector Agrario Español
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2.  ESTRUCTURA DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA DEL SECTOR
                         AGRARIO:


                  Al  analizar  los  Convenios  correspondientes  a  lo  que  comúnmente  conocemos

                  como “Sector Agrario” entendemos por tales los encuadrados dentro del Grupo A

                  de  la  Clasificación  Nacional  de  Actividades  Económicas  (CNAE)  -  que  incluye
                  agricultura,  ganadería,  silvicultura  y  pesca,  aunque  como  norma  general  las

                  actividades de Silvicultura y Explotación Forestal (CNAE 02) y Pesca y acuicultura

                  (CNAE 03) no se hallan incluidas en los ámbitos de aplicación de los Convenios del

                  Sector.
                  En  este  sector  existe  una  prolija  negociación  en  las  diversas  áreas  del  trabajo

                  agropecuario  que  abarca  el  ámbito  de  empresa,  de  escasa  relevancia  y  cuyo

                  análisis no es el objeto de este informe, y principalmente el sectorial, desarrollado

                  a nivel de Comunidad Autónoma y, en mayor medida, Provincial, sin que exista
                  Convenio de ámbito nacional.

                  Esta  negociación  colectiva  sectorial  abarca  todo  el  territorio  nacional,  con  la

                  excepción  de  Asturias  y  Galicia  y  las  ciudades  autónomas  de  Ceuta  y  Melilla.

                  Habría que citar también la excepción que constituye la Comunidad Autónoma del
                  País  Vasco,  donde  el único  territorio  con  cobertura  de  Convenio  sectorial  sería

                  Álava, que registra un Convenio de carácter extraestatutario y que afectaba solo a

                  los trabajadores temporeros de la provincia de Álava, con vigencia hasta 2015 y sin
                  actualización desde entonces.

                  A nivel autonómico existen Convenios en Baleares, Canarias, Cantabria, Cataluña,

                  Extremadura, Madrid, Murcia y Navarra, si bien en algunos casos existen dudas

                  respecto a la vigencia de algunos de ellos.

                  En  las  autonomías  que  no  cuentan  con  un  convenio  propio,  esta  carencia  se
                  compensa  con  convenios  en  cada  una  de  sus  provincias,  con  las  únicas

                  excepciones  de  las  cuatro  provincias  gallegas  (A  Coruña,  Lugo,  Orense  y

                  Pontevedra), Asturias y País Vasco, donde existe, como hemos citado, un Convenio
                  sin negociar desde 2015 que afecta a los trabajadores temporeros de la provincia

                  de Álava, careciendo Vizcaya y Guipúzcoa de regulación convencional.






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