Page 204 - Negociación Colectiva 2021 en el sector agroalimentario español
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4.3.2.7.- Sector de Panaderías



               23.- CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE TRABAJO DE LA INDUSTRIA DE PANADERÍA DE ZAMORA
                CÓDIGO CONVENIO        49001605011982
                PROVINCIA              ZAMORA

                VIGENCIA               2017-2022
                ESTADO                 REVISADO
                NÚMERO DE TRABAJADORES  408
                HOMBRES                307
                MUJERES                101

                1.- POLÍTICA SALARIAL
                EJERCICIO ECONÓMICO    2021
                INCREMENTO SALARIAL    2,50%
                SALARIO ANUAL          Peón: 13.982,22 €  Oficial 1ª: 14.432,67 €
                DIFERENCIA CON SMI 2021  Peón: 682,22 €   Oficial 1ª: 1.132,67 €
                CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL NO
                2.- IGUALDAD
                REGULA EL PRINCIPIO    NO
                DE IGUALDAD SALARIAL
                MEDIDAS PARA LA PROTECCIÓN   Los trabajadores y trabajadoras que tengan la consideración de víctimas de violencia de género o de víctimas
                DE VÍCTIMAS DE VIOLENCIA   del terrorismo tendrán derecho para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral, a
      204       DE GÉNERO              la reducción de la jornada de trabajo con disminución proporcional del salario o a la reordenación del tiempo
                                       de trabajo, a través de la adaptación del horario, de la aplicación del horario flexible o de otras formas de
                                       ordenación del tiempo de trabajo que se utilicen en la empresa.
                ACOSO SEXUAL Y         Se considerarán en todo caso discriminatorio el acoso sexual y el acoso por razón de sexo, y podrán ser san-
                POR RAZÓN DE SEXO      cionados como falta leve, grave o muy grave de acuerdo a la gravedad de los hechos.
                (Sanciones / Medidas / Protocolo)
                3.- JORNADA
                JORNADA LABORAL ANUAL  1.800
                REGULA EL REGISTRO DE JORNADA NO
                4.- INDUSTRIA 4.0
                REGULA EL TRABAJO A DISTANCIA  NO
                REGULA LA DESCONEXIÓN DIGITAL  NO
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