Page 257 - NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2019 EN EL SECTOR AGROALIMENTARIO ESPAÑOL
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4.3.8.- Sector de torrefactores del café



        4.- CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE TORREFACTORES DE CAFÉ DE VIZCAYA.

         CÓDIGO CONVENIO        48002305011981
         VIGENCIA               2007-2009
         DENUNCIA DEL CONVENIO  Se regirán por la misma normativa, exceptuando en un punto en concreto, hasta que no se negocie un
                                nuevo convenio.
         NÚMERO DE TRABAJADORES  0
         MUJERES                0
         HOMBRES                0
         JORNADA                1.740 horas anuales
         VACACIONES             32 días naturales
         EJERCICIO ECONÓMICO    2008

         INCREMENTO SALARIAL    3,50%
         PAGAS EXTRAORDINARIAS  3 pagas de 30 días de S.B.+Ant.+Plus convenio
         SALARIO ANUAL          Peón: Sin datos.   Oficial 1ª: Sin datos.
         CLÁUSULA DE REVISIÓN   Para el año 2010 el incremento será de 3,5% con una cláusula de revisión salarial del IPC de dicho año
                                más 1 punto.
         COMPLEMENTO DE IT      En caso de enfermedad del personal y mientras se encuentre en situación de I.T., se respetará la totalidad
                                de las pagas extraordinarias que se establecen en el Convenio. En caso de accidente de trabajo o de
                                hospitalización por intervención quirúrgica la empresa completará las prestaciones de la Seguridad Social
                                hasta el 100% de su salario desde el primer día de la baja, entendiéndose por salario a estos efectos, el
                                salario base, antigüedad, plus Convenio, y comisiones exclusivamente. En el caso de enfermedad tam-
                                bién completará hasta el 100% del salario a partir del día 30 de baja, entendiéndose por salario a estos   257
                                efectos salario base, antigüedad y plus convenio.
         CLÁUSULA DE
         ESTABILIDAD EN EL EMPLEO  NO
         VIOLENCIA DE GÉNERO    NO
         DERECHOS DIGITALES     Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales, de videovigilancia y grabación en el ámbito laboral: NO
                                Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral: NO
                                Derecho a la intimidad ante la utilización de geolocalización en el ámbito laboral: NO
                                Garantías adicionales frente a los derechos digitales en la negociación colectiva: NO

         PARTES FIRMANTES       CEBEK, ELA y CC.OO
         VARIOS / OBSERVACIONES
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