Page 177 - NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2019 EN EL SECTOR AGROALIMENTARIO ESPAÑOL
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4.3.3.- Sector de bebidas refrescantes
4.-CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA LAS INDUSTRIAS DE BEBIDAS REFRESCANTES DE LA COMUNIDAD VALENCIANA.
CÓDIGO CONVENIO 80000555012002
VIGENCIA 2019-2021
DENUNCIA DEL CONVENIO CON UNA ANTICIPACION DE AL MENOS TRES MESES A SU VENCIMIENTO
NÚMERO DE TRABAJADORES 630
MUJERES 372
HOMBRES 258
JORNADA 1.776 horas anuales.
VACACIONES 30 días naturales
EJERCICIO ECONÓMICO 0
INCREMENTO SALARIAL 2,00%
PAGAS EXTRAORDINARIAS Anualmente el personal tendrá 2 gratificaciones extraordinarias que se abonarán el 15 de julio y el 15 de diciem-
bre, respectivamente, en la cuantía de 30 días de salario base más antigüedad consolidada según corresponda.
Con el carácter de participación en beneficios, las empresas abonarán a todo el personal una gratificación equi-
valente a 30 días de salario base más antigüedad consolidada que corresponda. Se recomienda por las partes se
abone de una sola vez el 15 de marzo, y que corresponderá al ejercicio económico del año anterior.
SALARIO ANUAL Peón: 15.989,1 Oficial 1ª: 17.536,29
CLÁUSULA DE REVISIÓN Si la suma de los IPC acumulados de los años 2019, 2020 y 2021 fuese superior al incremento salarial
pactado para el referido periodo más un punto, el exceso se pagará en la nomina de enero de 2022 y
formaria parte de la base de calculo de los salarios de 2022 que se pudieran pactar. Esta clausula tendrá
la misma vigencia que este convenio
COMPLEMENTO DE IT En caso de IT por contingencias profesionales: el 100 por cien de la base reguladora diaria desde el
primer día con límite de 18 meses. 177
En caso de IT por contingencias comunes: El 80 por cien de la base reguladora diaria desde el primer
día. En caso de hospitalización, el 100 por cien de la base reguladora diaria desde el primer día.
CLÁUSULA DE
ESTABILIDAD EN EL EMPLEO NO
VIOLENCIA DE GÉNERO NO
DERECHOS DIGITALES Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales, de videovigilancia y grabación en el ámbito laboral: NO
Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral: NO
Derecho a la intimidad ante la utilización de geolocalización en el ámbito laboral: NO
Garantías adicionales frente a los derechos digitales en la negociación colectiva: NO
PARTES FIRMANTES FEDAVOCA, UGT, CC.OO.
VARIOS / OBSERVACIONES Artículo 47. Acoso laboral, moral o sexual