Page 174 - NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2019 EN EL SECTOR AGROALIMENTARIO ESPAÑOL
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4.3.3.- Sector de bebidas refrescantes



               1.-CONVENIO COLECTIVO DE LAS BEBIDAS REFRESCANTES, JARABES Y HORCHATAS DE BARCELONA.

                CÓDIGO CONVENIO        08001815011995
                VIGENCIA               2019-2020
                DENUNCIA DEL CONVENIO  Un mes de antelacion a su finalizacion
                NÚMERO DE TRABAJADORES  1.200
                MUJERES                200
                HOMBRES                1.000
                JORNADA                1.768 horas anuales
                VACACIONES             25 días laborables.
                EJERCICIO ECONÓMICO    2019
                INCREMENTO SALARIAL    Del 1.01.2019 al 30.06.2019 incremento del 0,75% respecto tablas año 2018 del 1.07.2019 al 31.12.2019
                                       incremento del 2% respecto de tablas del año 2018
                PAGAS EXTRAORDINARIAS  Las gratificaciones extraordinarias de julio y Navidad se calcularán a razón de 1 mensualidad del salario
                                       mensual de convenio más plus vinculación para aquellos trabajadores que tengan garantizado este con-
                                       cepto y complemento ad personam de asimilación de antigua categoría a los nuevos grupos profesionales
                                       establecido en el artículo 20 del Convenio.
                                       La gratificación de julio se hará efectiva entre los días 15 a 20 de julio y la de Navidad, del 15 al 20 de
                                       diciembre.

                                       La participación en beneficios se calcula con las mismas bases que las gratificaciones extraordinarias
                                       de julio y Navidad.
                SALARIO ANUAL          Peón: 16.789,04   Oficial 1ª: 18.395,29
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                CLÁUSULA DE REVISIÓN   Del 1.01.2019 al 30.06.2019 incremento del 0,75% respecto tablas año 2018 del 1.07.2019 al 31.12.2019
                                       incremento del 2% respecto de tablas del año 2018 del 1.01.2020 al 31.12.2020 incremento del 2%
                                       respecto de tablas del año 2019
                COMPLEMENTO DE IT      Les empreses complementaran, des de el primer dia de IT les prestacions per incapacitat temporal de
                                       la seguretat social fins al 75% del salari real. Del complement corresponent als 3 primers dies tant sols
                                       podran gaudir els treballadors i treballadores que no hagin tingut més de 2 baixes per malaltia ni hagin
                                       tingut cap absència injustificada durant tot l ’any anterior.
                CLÁUSULA DE
                ESTABILIDAD EN EL EMPLEO  NO
                VIOLENCIA DE GÉNERO    Protecció de les víctimes de la violència de gènere.
                                       La llei orgànica 1/2004 de mesures de protecció integral contra la violència de gènere recull mesures
                                       que les empreses han de facilitar a aquests casos, entre elles permisos, reduccions horàries, excedèn-
                                       cies, suspensió del contracte, canvis d’horaris i canvis de llocs de treball. Les parts signats del present
                                       conveni es comprometen al desenvolupament de les mesures necessàries per a la protecció de les
                                       víctimes de la violència de gènere, prenent les mesures que siguin necessàries en l’àmbit laboral
                DERECHOS DIGITALES     Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales, de videovigilancia y grabación en el ámbito laboral: NO
                                       Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral: NO
                                       Derecho a la intimidad ante la utilización de geolocalización en el ámbito laboral: NO

                                       Garantías adicionales frente a los derechos digitales en la negociación colectiva: NO
                PARTES FIRMANTES       GREMI DE BEGUDES REFRESCANTS , XAROPS I ORXATES DE BARCELONA, UGT, CC.OO.
                VARIOS / OBSERVACIONES
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