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4.3.1.- Sector agrario y del manipulado hortofrutícola



        14.-CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DEL SECTOR AGROPECUARIO DE CUENCA.

         VIGENCIA               2018-2019
         CÓDIGO CONVENIO        160000850119982
         DENUNCIA DEL CONVENIO  Se mantiene la ultraactividad del presente convenio en todas sus condiciones estipuladas para los años
                                suceSívos, quedando prorrogado indeterminadamente hasta la firma de otro nuevo, obligándose las partes
                                a constituir la mesa de negociación de un nuevo convenio, en el ultimo mes de duración del mismo. Queda
                                así denunciado automáticamente al término de su duración. Al mismo tiempo cualquiera de los firmantes
                                del presente convenio podrá denunciarlo mediante escrito dirigido a las otras partes negociadoras un mes
                                antes de finalizar su vigencia.
         NÚMERO DE TRABAJADORES  10.000
         MUJERES                8.000
         HOMBRES                2.000
         JORNADA                1.752 horas anuales.
         VACACIONES             22 días laborables
         PAGAS EXTRAORDINARIAS  2 pagas extraordinarias + 1 paga de beneficios
         SALARIO ANUAL          Peón: 13.559,00   Oficial 1ª: 13.631,79
         INCREMENTO SALARIAL    2,00%
         CLÁUSULA DE REVISIÓN   “las partes firmantes del presente convenio se reunirán durante el mes de noviembre de cada año para
                                dar cumplimiento a lo acordado en el IV ACUERDO PARA EL EMPLEO Y LA NEGOCIACION COLECTIVA
                                2018, 2019 Y 2020 que establece una subida salarial del 1% ligada a la evolución de la productividad,
                                resultados económicos, absentismo injustificado y otros indicadores ligados a los resultados de las
                                principales campañas agrícolas de la provincia de Cuenca”.
         COMPLEMENTO DE I.T.    El personal afectado por el presente Convenio que se encuentre en Sítuación de Incapacidad Temporal   97
                                derivada de Accidente de Trabajo o Enfermedad ProfeSíonal percibirá desde el primer día de la baja el
                                100% de su retribución.
                                En el supuesto de Enfermedad Común o Accidente no Laboral, el trabajador percibirá el 80% del salario a
                                partir del cuarto día de la baja hasta el día 81 de dicha baja, salvo cuando concurra hospitalización, que-
                                dando estipulado el cobro del 100% mientras dure la misma. Ante cualquier modificación legislativa que
                                afecte a las prestaciones por I.L., la ComiSíón Mixta de Interpretación del presente convenio, se reunirá
                                para reajustar el contenido de este artículo.
         CLÁUSULA DE            Cláusula antidiscriminatoria
         ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
         COMISIÓN DE FORMACIÓN  El trabajador tendrá derecho a la adaptación de la jornada ordinaria de trabajo para la aSístencia a cur-
                                sos de formación profeSíonal o a la conceSíón del permiso oportuno de formación o perfeccionamiento
                                profeSíonal con reserva de puesto de trabajo.
         COMITÉ DE SALUD LABORAL  Según ley
         CLÁUSULA DE MEDIO AMBIENTE  NO
         CLÁUSULAS DE IGUALDAD  Capítulo en Iguladas/ Acciones poSítivas contratación mujeres/ Artículo Conciliación

         VIOLENCIA DE GÉNERO    Se entenderá por violencia de género en el trabajo toda conducta abusíva, ejercida
                                En el lugar de trabajo tanto por superiores jerárquicos como por iguales, Sín el consentimiento de la per-
                                sona que la sufre, de forma que crea un ambiente laboral intimidatorio, hostil, humillante para la víctima
                                y pone en peligro su puesto de trabajo o condiciona su carrera profesíonal. Las manifestaciones de la
                                violencia de género en el trabajo son el acoso sexual y el acoso moral por razón de género.
         PARTES FIRMANTES       ASOCIACION DE JOVENES AGRICULTORES DE CUENCA (ASAJA), UGT Y CCOO
         BUENAS PRÁCTICAS       Clausula de equiparación de las diferentes formas de familia
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