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4.3.1.- Sector agrario y del manipulado hortofrutícola



               59.- CONVENIO COLECTIVO REGIONAL DEL CAMPO DE CANARIAS.

                VIGENCIA               2016-2018
                CÓDIGO CONVENIO        75000475012009
                DENUNCIA DEL CONVENIO  La denuncia del presente convenio sera de forma automatica
                NÚMERO DE TRABAJADORES  9.000
                MUJERES                7.500
                HOMBRES                1.500
                JORNADA                40 horas semanales.
                VACACIONES             30 días naturales
                PAGAS EXTRAORDINARIAS  3 pagas extraordinarias.
                SALARIO ANUAL          Peón: 9.759,75   Oficial 1ª: 10.228,4
                INCREMENTO SALARIAL    1,40%
                CLÁUSULA DE REVISIÓN   NO
                COMPLEMENTO DE I.T.    NO
                CLÁUSULA DE            NO
                ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
                COMISIÓN DE FORMACIÓN  Las partes firmantes del presente Convenio Colectivo, se adhieren al Acuerdo Nacional de Formación
                                       Continua de  los  sectores  agrarios,  forestales  y  pecuarios,  comprometiéndose  al  desarrollo  del  citado
                                       Acuerdo Sectorial.
      142       COMITÉ DE SALUD LABORAL  Los firmantes del presente Convenio Colectivo constituirán una ComiSíón de trabajo con competencias
                                       insulares y regionales para el estudio y puesta en marcha en el sector de un Plan de Prevención para
                                       el Archipiélago Canario, Sín perjuicio de lo establecido en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y
                                       normativa de desarrollo.
                CLÁUSULA DE MEDIO AMBIENTE  Funciones del Delegado de Prevención de riesgos
                CLÁUSULAS DE IGUALDAD  Acciones poSítivas y ComiSíón de Igualdad.
                                       ComiSíón Paritaria para la igualdad de oportunidades y la no discriminación.
                VIOLENCIA DE GÉNERO    Las trabajadoras víctimas de violencia de género por el ejercicio de los derechos de reducción o reordena-
                                       ción de su tiempo de trabajo, de movilidad geográfica, de cambio de centro de trabajo o de suspenSíón
                                       de la relación laboral en los términos y condiciones reconocidos en esta Ley.
                PARTES FIRMANTES       ASAGA, ASOCAN, ASAJA, FEDEX, UGT, CCOO Y SÍTACA
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