Page 183 - Las marcas de distribución en los sectores Cárnico, Panadería, Lácteas y Procesado de Pescado
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IGUALDAD EN FORNS VALENCIANS, S.A.
                                         (CC. MERCADONA, FORNS VALENCIANS Y OTRAS)
          1    Se ha establecido un Plan de Igualdad         SI

                                                             SI, CAPÍTULO VIII Artículo 41. Igualdad de trato y de
                                                             oportunidades
               Regulado en el Convenio
                                                             II. Plan de Igualdad entre mujeres y hombres. Muy completo y
                                                             desarrollado.
               Regulado en un acuerdo de empresa específico  NO

               Remite el Convenio a un acuerdo futuro de empresa
                                                             SI, CAPÍTULO VIII Artículo 41. Igualdad de trato y de
               Regula medidas dirigidas a promover la igualdad de   oportunidades
          2    trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en   II. Plan de Igualdad entre mujeres y hombres. Muy completo y
               alguno de los siguientes casos                desarrollado.


               Contratación                                  SI

               Promoción                                     SI
               Estabilidad en el empleo                      NO

               Formación                                     SI
                                                             SI, Igualdad de remuneración por trabajos de igual valor: Se
                                                             entiende por igualdad de remuneración por razón de sexo
                                                             la obligación del empresario a pagar por la prestación de un
                                                             trabajo de igual valor la misma retribución, satisfecha directa o
               Salarios
                                                             indirectamente, y cualquiera que sea la naturaleza de la misma,
                                                             salarial, o extrasalarial, sin que pueda producirse discriminación
                                                             alguna por razón de sexo en ninguno de los elementos o
                                                             condiciones de aquella
                                                             SI, CAPÍTULO VIII Artículo 41. Igualdad de trato y de
                                                             oportunidades
               Establece medidas de acción positiva de preferencia a
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               favor del sexo menos representado
                                                             desarrollado.
               Contratación                                  SI

               Promoción                                     SI
               Formación                                     SI

               Adaptación de la jornada laboral a la vida familiar  SI

                                                             SI, Promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual o
                                                             por razón de sexo.
               Establece medidas para prevenir el acoso sexual y el   Garantizar la puesta en marcha del protocolo existente en caso
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               acoso por razón de sexo                       de acoso sexual y por razón de sexo en un supuesto de denuncia,
                                                             así como garantizar la celeridad y el sigilo de la Comisión de
                                                             Instrucción.

                                                             SI, Artículo 32. Violencia de género: se remiten a lo establecido
                                                             en la Ley Orgánica 1/2004
               Regula medidas para la protección de víctimas de
          5                                                  Excedencia especial de hasta 3 años para víctimas de violencia
               violencia de género
                                                             de género (según lo establecido en el artículo 13 del presente
                                                             Convenio).
               Regula medidas dirigidas a promover la igualdad
          6    de trato y de oportunidad independientemente de   SI
               nacionalidad, edad, religión, etc…?








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