Page 40 - Las marcas de distribución en los sectores de fabricación de productos: avicultura, conservas de pescado, comida refrigerada y fabricación de aceites (2020)
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FICHAS NEGOCIACIÓN COLECTIVA | Avicultura


                                                   DATOS GENERALES
                Nº Orden Ranking              2          Nº Orden centro de trabajo  5

                Nombre empresa                COOPERATIVAS ORENSANAS, SCG (COREN)
                Ventas 2020 (mill. €). Variación   430,00 Millones € (+7,5%)
                s/ año anterior
                Plantilla 2020 (mill. €). Variación
                s/ año anterior               3.200 (+0,00%)
                Fábrica MDD                   SI
                Centro de trabajo. Provincia.   Ourense - Sta Cruz de Arrabaldo
                Localidad                     GALICIA
                Nombre del convenio           CONVENIO COLECTIVO MATADEROS AVES Y CONEJOS
                Código del convenio           99003395011981
                Vigencia                      2019-2025


                                                JORNADA Y VACACIONES
                Jornada laboral               Anual      1.780            Semanal

                Vacaciones                    Art. 19. 26 días laborables de L a S
                                              Art. 14. Jornada.
                                              Dentro de la jornada establecida en cinco días/semana podrá producirse
                                              la distribución irregular de la jornada a tiempo completo, atendiendo a
                Regulación de Flexibilidad de   los siguientes criterios:
                jornada                       La jornada máxima diaria será de 9 horas ordinarias de trabajo efectivo;
                                              la mínima diaria será de 6 horas; y el porcentaje máximo de la bolsa de
                                              horas para la distribución irregular será del ocho (8%) por ciento de la
                                              jornada anual

                Regulación régimen de trabajo
                a Turnos


                                                        SALARIOS
                Salario mínimo   Peón        14.502,30 €             Oficial 1ª    15.360,42 €
                anual (€/año)
                Nº pagas                     Importe pagas
                extraordinarias  2           extraordinarias     SB+Plus Convenio+antigüedad

                Incremento      0,50%
                Salarial
                                Art. 59. DT Tercera. Revisión Salarial.a) Si la suma de los IPC reales de los años 2020 y 2021
                Cláusula
                revisión salarial  superase el 0,50% procederá una revisión en el exceso que generará atrasos a partir del 1
                                de enero de 2021 y quedará consolidado en las tablas definitivas de 2021
                Salario variable
                                Artículo 27.
                                Complemento personal de antigüedad hasta 31.12.2020.
                Antigüedad
                                Complemento periódico: Dos bienios del 5 por 100 y sucesivamente. Un quinquenio del
                                10%. Un trienio del 5%. Un cuatrienio del 5%. Un trienio del 10%. Un quinquenio del 10%.








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