Page 240 - Las marcas de distribución en los sectores de fabricación de productos: avicultura, conservas de pescado, comida refrigerada y fabricación de aceites (2020)
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FICHAS NEGOCIACIÓN COLECTIVA  | Comida Refrigerada


                                                   DATOS GENERALES
                Nº Orden Ranking              8          Nº Orden centro de trabajo  20

                Nombre empresa                ATUNES Y LOMOS, S.L.
                Ventas 2020 (mill. €). Variación   193,00 Mill € (+0,21%)
                s/ año anterior
                Plantilla 2020 (mill. €). Variación
                s/ año anterior               847 (+37,95%)
                Fábrica MDD                   NO
                Centro de trabajo. Provincia.   Pontevedra - O Grove
                Localidad                     GALICIA
                Nombre del convenio           CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA ATUNLO O GROVE, S.L.
                Código del convenio           36104662012013
                Vigencia                      2018-2019


                                                JORNADA Y VACACIONES
                Jornada laboral               Anual      1.780            Semanal

                Vacaciones                    22 dias laborables (Art. 15.)
                                              ARTÍCULO 12.- JORNADA.
                                              La distribución de la jornada podrá ser irregular hasta un 10% en atención
                                              a razones económicas, organizativas, técnicas o productivas, respetando
                                              siempre doce horas de descanso diario ininterrumpido. La empresa,
                                              cuando  existan  razones  organizativas  o  productivas,  podrá  utilizar
                                              la distribución irregular de la jornada de lunes a viernes, no pudiendo
                                              superar 9 horas de trabajo efectivo, poniéndolo en conocimiento de la
                                              RLT y los trabajadores de forma individual, con una antelación mínima de
                                              5 días, la circunstancia o circunstancias que justifiquen dicha utilización,
                                              y un periodo temporal concreto.
                Regulación de Flexibilidad de
                jornada                       No se podrá distribuir la jornada irregularmente a aquellos/as trabajadores/
                                              as en situación de reducción de jornada por guarda legal, personal con
                                              adaptación de la jornada por motivos de conciliación, excedencias,
                                              jubilaciones parciales, licencias retribuidas y lactancia. La jornada irregular
                                              no podrá causar perjuicio económico a los/as trabajadores/as afectados,
                                              ni alterar los días de descanso individuales, permisos o vacaciones fijados
                                              en el calendario laboral. Para que sea de obligado cumplimiento, será
                                              suficiente y necesario que sean utilizadas para atender emergencias,
                                              periodos pico de producción o plazos de entrega con márgenes estrictos
                                              cuyo incumplimiento pueda originar la pérdida de un/una cliente o
                                              pedido.
                Regulación régimen de trabajo
                a Turnos



















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