Page 16 - Las marcas de distribución en los sectores de fabricación de productos: avicultura, conservas de pescado, comida refrigerada y fabricación de aceites (2020)
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En esta ficha, se incluye igualmente un análisis de la implantación de digitalización y
de la Industria 4.0 en cuanto a medidas de adecuación de los cambios tecnológicos,
Teletrabajo y plataformas digitales, desconexión digital, etc…
La ficha diseñada para el análisis de la implantación de principios y mecanismos
para garantizar la igualdad efectiva entre mujeres y hombres analiza las siguientes
variables: principio de igualdad entre mujeres y hombres; comisión de igualdad;
obligatoriedad de negociar Planes de Igualdad; medidas dirigidas a promover la
igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres en alguna de las áreas
analizadas; principio de igualdad salarial; acoso sexual o por razón de sexo y medidas
dirigidas a la protección de trabajadoras víctimas de violencia de género.
En estos campos de estudio sobre igualdad entre mujeres y hombres se ha analizado.
Principio de igualdad entre mujeres y hombres, de forma que se busca la existencia
de cláusulas que regulan este principio aunque sea de forma genérica o haciendo
mención a la Ley 3/2007, de 22 de marzo.
Comisión de igualdad, este aspecto recoge la implantación de Comisiones de
igualdad en los convenios, comisiones de igualdad sectoriales. Se busca que no solo
se mencione dicha comisión, sino que se desarrolle su composición, funciones y
periodicidad de sus reuniones.
Planes de Igualdad, en este punto se recoge información sobre mención a los planes
de igualdad en general, o al plan de la propia empresa cuando es un convenio de
empresa. Igualmente se destacan los textos que recogen la definición de los planes de
igualdad, así como sus objetivos y áreas de trabajo: selección, contratación, formación,
promoción, retribución, etc. O si ya incluyen en el convenio al RD901/2020.
Medidas dirigidas a promover la igualdad de trato y de oportunidades entre hombres
y mujeres, se refiere tanto a objetivos que se persiguen como medidas genéricas o
medidas de acción positiva en las áreas de análisis: contratación y acceso al empleo,
formación y promoción, que bien se recojan en el convenio o que hagan mención
al plan de igualdad de la empresa.
Principio de igualdad salarial, se refiere a buscar en el grupo de convenios analizados
si se recoge el concepto según el cual, las personas que realizan trabajos de igual
valor deben recibir la misma remuneración, sin discriminación por género, raza,
orientación sexual, nacionalidad, etc. O si ya incluyen en el convenio al RD902/2020.
Acoso sexual y/o por razón de sexo, en este campo se analizan tres variables
complementarias. En primer lugar, si se incluye este tipo de acoso entre el listado
de faltas muy graves del régimen disciplinario del convenio; en segundo lugar si el
convenio recoge medidas preventivas contra este tipo de acoso y, en tercer lugar si
el convenio incluye o anexiona un Protocolo o procedimiento de actuación en casos
de acoso sexual y por razón de sexo. Se valorará positivamente si el Protocolo cuento
con un desarrollo amplio, de sus distintas fases, recoge definiciones, cuenta con la
participación de la representación legal de las personas trabajadoras en el proceso
investigador, recoge plazos para la resolución del caso, requisitos de la denuncia, así
como medidas disciplinarias y cautelares.
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