Page 36 - Las Marcas de Distribución en los sectores de fabricación de productos: lácteos, panadería y pastelería, conservas de pescado y aguas (2019)
P. 36

FICHA RESUMEN INDUSTRIA 4.0

           Nombre Convenio                    INDUSTRIAS LÁCTEAS DE GRANADA S.L.U.

           Código de Convenio                 18001961012004
           Centro de trabajo                  GRANADA

           Empresa                            GRUPO LACTALIS IBERIA, S.A.

           Protección social/ económica del   NO
           trabajador
           Derechos digitales                 NO

           Mecanización/Automatización        NO
                                              El Plan de Formación se orientará hacia los siguientes objetivos: adaptación
                                              del trabajador/a a los puestos de trabajo y a las posibles modificaciones de los
                                              mismos, Posibles reconversiones profesionales,…

                                              Se considera, formación obligatoria, aquella que se deriva, según criterio de
           Formación, Cualificación y Grupos   la Dirección, de la adaptación al puesto de trabajo por cambios tecnológicos
           Profesionales
                                              del proceso productivo, o por acciones destinadas a la mejora de la seguridad
                                              y evitación de riesgos en el trabajo. Esta formación deberá impartirse dentro
                                              del horario laboral. Cuando no fuera posible, el plus de formación que será de
                                              carácter único para todo el personal, siendo su cuantía de 17,88 euros por hora de
                                              formación.

                                              Cuando la empresa y los representantes del personal declaren la modificación
           Medidas de adecuación de los cambios   profesional originada por motivos tecnológicos, de organización o de producción
           tecnológicos y Prevención de riesgos   y autorizada por la Autoridad Laboral o por la legislación vigente, el personal
           laborales                          afectado tendrá la obligación de asistir a los cursos que con este fin se convoquen,
                                              siempre que sean dentro del horario laboral.

           Teletrabajo/ Plataformas digitales  NO
           Contratación e implantación de nuevas
           tecnologías                        NO

           BYOD                               NO







































 34                                                                                                             35
   31   32   33   34   35   36   37   38   39   40   41