Page 198 - Las Marcas de Distribución en los sectores de fabricación de productos: lácteos, panadería y pastelería, conservas de pescado y aguas (2019)
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FICHA RESUMEN IGUALDAD
Convenio Colectivo La Piara, S.A.
Empresa: ADAM FOODS, S.L.
Regula el principio de
igualdad entre mujeres No
y hombres
Menciona la
obligatoriedad de No
negociar Planes de
Igualdad
Pero incluye la figura del Delegado de Igualdad en su Disposición adicional Segunda: Se
crea la figura del Delegado de Igualdad, como interlocutor de la empresa en esta materia,
Comisión de Igualdad No el cual deberá ser escogido por y de entre los representantes legales de los trabajadores,
sin que su nombramiento para este cargo, le comporte la atribución de nuevos derechos,
o la ampliación de los que ya le corresponden, como representante legal.
Medidas dirigidas
a promover la
igualdad de trato y de No
oportunidades entre
hombres y mujeres
Contratación
Formación
Promoción
Adaptación de jornada
Ámbito funcional y personal; vinculación a la totalidad. El principio de igualdad entre
trabajadores femeninos y masculinos, implica para el mismo trabajo o para un trabajo
Regula el principio de Art. 1 al que se atribuye un mismo valor, la eliminación en el conjunto de los elementos
Igualdad Salarial y condiciones de retribución de cualquier discriminación, en base a ello, cualquier
expresión de trabajador o trabajadores del redactado de este Convenio, se entenderá
en sentido global y no excluyente
Acoso sexual y por Art. 39 Acoso (moral, sexual o por razón de sexo) Acoso moral y acoso sexual o por razón de
razón de sexo sexo en el trabajo
Faltas muy graves No
Todos los trabajadores han de ser informados de los compromisos existentes para
la prevención de las conductas inapropiadas y de los procedimientos y recursos que
tienen a su disposición para la prevención de conductas de acoso en estas materias,
así como de los recursos con los que pueden contar en caso de que sea necesario. En
Medidas preventivas Art. 39
todo caso y mientras no se pacten estos procedimientos o protocolos en las empresas,
los trabajadores/as que crean sufrir acoso moral, o sexual, o por razón de sexo en el
trabajo, tendrán que dirigirse al Comité de seguridad y salud, así como a la Dirección de
la empresa
Las empresas del sector se comprometen a pactar procedimientos o protocolos de
actuación internos sobre estas materias con sus RLT, para asegurar que cualquier
Protocolo de actuación Art. 39 trabajador o trabajadora que crea sufrir acoso moral o sexual o por razón de sexo
en el trabajo, tenga conocimiento de las vías internas de actuación para garantizar la
investigación y las medidas cautelares pertinentes.
Protección de las víctimas de la violencia de género. La Ley orgánica 1/2004 de
Medidas para la medidas de protección integral contra la violencia de género recoge medidas que las
protección de Art. 40 empresas, en estos casos, han de facilitar, entre ellas, permisos, reducciones horarias,
trabajadoras víctimas excedencias, suspensión del contrato, cambios de horarios y cambios de puestos de
de violencia de género trabajo. Las partes firmantes del presente Convenio se comprometen al desarrollo de
las medidas necesarias para la protección de las víctimas de la violencia de género
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