Page 112 - Las Marcas de Distribución en los sectores de fabricación de productos: lácteos, panadería y pastelería, conservas de pescado y aguas (2019)
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FICHA RESUMEN IGUALDAD
                                                 Convenio Colectivo Industrias Lácteas y sus Derivados
                                                            Empresa: LECHE CELTA, S.A.
                                          9. La Comisión velará por el cumplimiento de la Ley de Igualdad, comprometiéndose
           Regula el principio   Disposición   a seguir trabajando en este camino conforme a la Ley. 10. La Comisión también velará
           de igualdad entre   adicional
           mujeres y hombres   quinta     para que no se produzcan discriminaciones por razón de nacionalidad, edad, religión o
                                          cultura
           Menciona la
           obligatoriedad de   No
           negociar Planes de
           Igualdad

                                          Las partes acuerdan la continuidad de la "Comisión para la Igualdad de Oportunidades
                                          y No Discriminación" (CIOND), integrada por cuatro componentes de la representación
                                          empresarial y cuatro de los sindicatos firmantes. Dicha comisión se reunirá
                                          cuatrimestralmente con carácter ordinario o cuando lo solicite con una semana de
                               Disposición
           Comisión de Igualdad  adicional   antelación cualquiera de las partes, por propia iniciativa o a instancia de denuncia de un
                                          trabajador o trabajadora, con carácter extraordinario. Para el adecuado desempeño de
                               quinta
                                          sus cometidos, la Comisión se dotará de un Reglamento interno de funcionamiento.
                                          Aquellos trabajadores miembros de la Comisión que no sean delegados de personal,
                                          disfrutarán de los permisos necesarios para acudir a las reuniones que la referida
                                          Comisión convoque. Serán funciones de esta comisión, las siguientes (...)
           Medidas dirigidas
           a promover la
           igualdad de trato y de
           oportunidades entre
           hombres y mujeres

                                          Art. 62. De los Comités de Empresa. 7ª El Comité velará no sólo por que en los
                                          procesos de selección de personal se cumpla la normativa vigente o paccionada, sino
                                          también los principios de no discriminación, igualdad de sexo y fomento de una política
                               Art. 62 y   racional de empleo.
                               Disposición
           Contratación
                               adicional   Función 7 Comisión de igualdad. Realizar un estudio sobre la evolución del empleo
                               quinta
                                          y la igualad de oportunidades en el sector y en base a él, realizar políticas activas que
                                          eliminen las eventuales discriminaciones que pudieran detectarse por razón de sexo,
                                          estado civil, edad, procedencia territorial y demás circunstancias que pudieran originar.
           Formación
                                          Funciones 3, 4 y 5 Comisión de igualdad. 3. Velar para que la mujer trabajadora tenga
                                          en el seno de la empresa las mismas oportunidades que el varón en casos de ascensos
                                          y funciones de mayor responsabilidad. 4. Velar para que en las categorías profesionales
                               Disposición
           Promoción           adicional   no se haga distinción entre categorías masculinas y femeninas. 5. Con el objetivo de
                                          lograr una participación más equilibrada de hombres y mujeres en todos los grupos
                               quinta
                                          profesionales, la Comisión estudiará y propondrá para su incorporación al Convenio,
                                          medidas de aplicación en las acciones de movilidad funcional para la cobertura de
                                          puestos de carácter indefinido.
           Adaptación de jornada

                               Disposición   Función 2 Comisión de igualdad. 2. Velar para que la mujer trabajadora tenga la misma
           Regula el principio de   adicional   equiparación que el hombre en todos los aspectos salariales, de manera que a igual
           Igualdad Salarial
                               quinta     trabajo la mujer siempre tenga igual remuneración
           Acoso sexual y por   Si
           razón de sexo
           Faltas muy graves   Art. 65    Clasificación de faltas: 3.k) El acoso sexual

           Medidas preventivas
                                          Protocolo de actuación ante situaciones de acoso sexual, por razón de sexo y acoso
                               Disposición
           Protocolo de        adicional   laboral (moral o mobbing). Desarrollado: I. Definiciones; II. Principios; III. Iniciación del
           actuación                      procedimiento; IV. Instrucción del procedimiento; V. Cierre del expediente. No cuenta
                               décima
                                          con Comisión Instructora encargada de la investigación del caso.
           Medidas para la
           protección de
           trabajadoras víctimas   No
           de violencia de
           género



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