Page 93 - Negociación Colectiva 2017 en el sector agroalimentario español
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4.3.1.- Sector agrario y del manipulado hortofrutícola
11.- CONVENIO COLECTIVO AGROPECUARIO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA.
VIGENCIA 2015/2017
CÓDIGO CONVENIO 79001175011995
DENUNCIA DEL CONVENIO El convenio se prorrogará automáticamente en caso de no existir denuncia
NÚMERO DE TRABAJADORES 25.000
MUJERES 5.000
HOMBRES 20.000
JORNADA 1.800 horas anuales.
VACACIONES 30 días naturales consecutivos.
PAGAS EXTRAORDINARIAS 2 pagas de 30 días de salario convenio cada una de ellas.
1 paga de 30 días de salario base.
EUROS AÑO PEÓN 11.318,63
EUROS AÑO OFICIOS CLÁSICOS 12.495,43
INCREMENTO SALARIAL AÑO 2017: 1%
CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL NO
COMPLEMENTO DE I.T. SÍ. En caso de incapacidad temporal derivada de enfermedad común el trabajador tendrá derecho a perci-
bir, los primeros 5 días el 50% del salario real, del 6º al 10º día el 75% del salario real, del día 11º al 15º el
100% del salario real y del día 16º al 20º el 75% del salario real (se entenderá como salario real la media
de los tres últimos salarios percibidos en la empresa o en su defecto de los 2 últimos o el último salario
percibido anteriormente a la baja). Esto no será de aplicación cuando la baja coincida en los primeros 15
días de contrato, para los cuales se estará en lo que establezca la ley.
2. Si la causa de la incapacidad es o deriva de hospitalización o esta se produce en su transcurso, durante 95
los 120 primeros días de hospitalización la empresa abonará la diferencia existente entre lo abonado por
la Entidad gestora y el 100% del salario real del trabajador.
3. En caso de accidente de trabajo, la empresa abonará la diferencia existente entre el abonado por la
entidad gestora y el 100% del salario real.
CLÁUSULA DE NO
ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
COMISIÓN DE FORMACIÓN SÍ, por subcomisión de formación.
COMITÉ DE SALUD LABORAL Sí, por subcomisión de Salud laboral
CLÁUSULA DE MEDIO AMBIENTE NO
CLÁUSULAS DE IGUALDAD NO, sólo mencionan la Ley.
VIOLENCIA DE GÉNERO NO
PARTES FIRMANTES JARC, IACSI, ASAJA, UGT y CC.OO.