Page 53 - LAS MARCAS DE DISTRIBUCIÓNEN LOS SECTORES DEL MANIPULADO HORTOFRUTÍCOLA, BEBIDAS REFRESCANTES Y CERVEZAS, INDUSTRIAS CÁRNICAS Y VITIVINÍCOLA
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Empresa:  CORP. ALIMENTARIA GUISSONA                                         Ranking 3
            Nº orden Centro de trabajo   11
                          Provincia  Lleida
                             CCAA  Cataluña
                            Sector Cárnicos
                   Ventas 2018(Mill).
           Variación sobre año anterior  1.035,00 (+5,72%)
                      Plantilla 2018.
           Variación sobre año anterior  3.780 (+4,22%)
                              MDD  NO
                             CCAA  CATALUNYA
                          Provincia  LLEIDA (GUISSONA)
                   Nombre Convenio  INDUSTRIAS CÁRNICAS
                    Código Convenio  99000875011981
                           Vigencia  2018-2020
             Cláusula de Ultraactividad  13 meses
                 Jornada Anual h/año  1.770
             Jornada Semanal h/semana  No contempla
            Trabajador Fijo: Peón €/año  15.294,90
           Trabajador Fijo: Oficial 1 €/año 16.522,73
                         Vacaciones  31 días naturales
                          Nº Pagas  3
           Importe Pagas extraordinarias  Mensualidad
                                   A partir del 31/12/1999 no se devengan bienios ni quinquenios (concluido el periodo transitorio).
                        Antigüedad
                                   Antigüedad Consolidada a 31/12/2015 se incrementara desde el 01/01/2016 en un 1,5%.
                  Incremento Salarial 2,50%
                                   Si la suma de los IPCs acumulados de los años 2018, 2019 y 2020 fuese superior al incremento
           Cláusula de Revisión Salarial  salarial pactado para el referido periodo, el exceso solamente formaría parte de la base cálculo de
                                   los salarios de 2021 que se pudieran pactar.
               Complemento de IT EC  No contempla
             Complemento de IT AT EP
                     Hospitalización   AT : 100% desde 1º día.
                    Seguro Colectivo  Incapacidad permanente absoluta, gran invalidez y muerte por accidente de trabajo-18.000€
               Cláusula de Estabilidad   Proporción de fijos de plantilla: 20% oficiales 1ª, 30% oficiales 2ª, 50% ayudantes y peones.
                       en el Empleo  Fomento de empleo: Jubilación y contratos relevo
                                   A los Delegados sindicales o cargos de relevancia nacional de las Centrales reconocidas en el
                                   contexto del presente Convenio Colectivo implantadas nacionalmente, y que participen en las
                  Derechos Sindicales
                                   Comisiones negociadoras de Convenios Colectivos, manteniendo su vinculación como trabajadores
                                   en activo de alguna Empresa, les serán concedidos permisos retribuidos por las mismas
                    Mejoras sociales I  Bolsa de Vacaciones: Cantidad por día
                                   Ayuda por hospitalización: 10,67 euros por día. No se aplica en los casos en que exista
                   Mejoras sociales II
                                   complemento por IT de enfermedad común
                                   Ayuda por hospitalización: 10,67 euros por día. No se aplica en los casos en que exista
                   Mejoras sociales III
                                   complemento por IT de enfermedad común
                   Mejoras sociales IV  NO REGULA
















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