Page 182 - La Industria agroalimentaria y las marcas de distribución 2016
P. 182

Empresa:  CORP. ALIMENTARIA GUISSONA, S.A.                                   Ranking  5
                       Marca Blanca  NO
                            Grupo  CORP. ALIMENTARIA GUISSONA, S.A.
                 Empresa o Convenio  INDUSTRIAS DE ALIMENTOS COMPUESTOS PARA ANIMALES
                            Sector Multiproducto
                    Código Convenio  99000275011981
                   Centro de trabajo  GUISSONA
                           Vigencia  2016-2017
                                   Todo el convenio mantendrá su vigencia y aplicación hasta que no se llegue a la firma de un nuevo
             Cláusula de ultraactividad
                                   convenio que lo sustituya.
                 Jornada Anual h/año  1.760 horas
           Jornada Semanal h/semana  No contempla
           Trabajador Fijo:  Peón €/año 13.974,16
             Trabajador Fijo:  Oficial 1 €/
                               año  14.722,23
                         Vacaciones  22 jornadas de trabajo
                          Nº Pagas  4
                      Importe Pagas
                     extraordinarias  Treinta días de salario base y antigüedad
                        Antigüedad  Dos bienios del 5 por 100 y, cumplidos éstos, cuatro quinquenios del 10 por 100 sobre salario base
                  Incremento Salarial 0,9%
                                   En el supuesto de que el IPC acumulado de los dos años 2016 y 2017 supere el 1.7%, operará una
           Cláusula de Revisión Salarial
                                   cláusula de revisión salarial entre la diferencia del IPC real acumulado de los dos años y el 1.7%.
                                   EC: Bajas con duración entre 1 y 20 días: 75%.; Bajas con duración entre 21 y 30 días: 75% del 1º
                  Complemento de IT  al 20º día.100% a partir del día 21. Bajas con duración superior a 30 días: 75% los 3 primeros días,
                                   100% a partir del 4.º. Si hay hospitalización, 100% desde 1er día.AT : 100% desde 1º día.
                                   Accidente no laboral: 35.000 por muerte o invalidez. Accidente laboral; 38.000 por muerte o
                    Seguro Colectivo
                                   invalidez
           Cláusula de Estabilidad en el  Limite a la contratación temporal a un máximo del 25% sobre la totalidad de la plantilla de la
                           Empleo  empresa
                         Formación  Comisión Paritaria de Formación
                                   Comisión Paritaria de Seguridad y Salud en el Trabajo. límite de apilado tanto en almacenes,
                                   como en carga en los camiones, no superior a un metro cuarenta centímetros (1,40 m), y si se
                       Salud Laboral
                                   sobrepasa esta altura y hasta el máximo de un metro ochenta centímetros (1,80 m), se hará con
                                   dos trabajadores
           Clausula de medio ambiente No contempla
                Cláusulas de igualdad  No contempla
             Conciliación vida familiar  No contempla
                  Violencia de género  No contempla
                                   En aquellos centros de trabajo con plantilla que exceda de 75 trabajadores, la representación
                                   del sindicato o central será ostentada por un delegado. A los delegados sindicales o cargos de
                  Derechos Sindicales  relevancia nacional de las centrales implantadas nacionalmente y que participen en las comisiones
                                   negociadoras de convenios colectivos, manteniendo su vinculación como trabajadores en activo
                                   de alguna empresa, les serán concedidos permisos retribuidos por las mismas.
                                   La empresa podrá establecer cuantos sistemas de automatización y modernización considere
                       Digitalización  oportuno, así como cualquier estructuración de las secciones o departamentos de la empresa,
                                   informando previamente a los representantes de los trabajadores.
                    Mejoras sociales I  No contempla
                   Mejoras sociales II  No contempla
                  Mejoras sociales III  No contempla
                  Mejoras sociales IV  No contempla








 180                                                                                                            181
   177   178   179   180   181   182   183   184   185   186   187