Page 94 - NC 2023 en el Sector Agrario Español
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4.4. Jornada laboral y Tiempo de Trabajo
La regulación de la Jornada de trabajo y la distribución de tiempo de trabajo en los
convenios colectivos, es una de las materias que mayores controversias presenta
en los procesos de negociación. Materia interrelacionada con la organización del
trabajo, competencia de la parte empresarial, y el derecho a la conciliación laboral
y personal para la persona trabajadora.
Lo primero que queremos destacar es que, pese a que no todos los Convenios
pactan una jornada anual, hemos procedido a la anualización de la misma con el
fin de poder establecer comparaciones. Así, la jornada máxima de 40 horas a la
semana equivaldría a 1.826 horas anuales, a efectos comparativos y de calcular
medias. 39 horas a la semana se equiparán a 1.780 horas anuales.
En el análisis de los 34 convenios vigentes y con incremento salarial pactado para
2023 del Sector de Agrario y Manipulado Hortofrutícola, encontramos diferencias
sustanciales, arrojando una diferencia nada menos que de 111 horas entre el
Convenios de menor Jornada, el AGROPECUARIO DE GUADALAJARA, que pacta
1.715 horas/año, y afecta a 500 personas trabajadoras, según la hoja estadística y
la jornada más alta del sector, 1.826 horas/año, que se aplica en los Convenios de
MANIPULADO Y ENVASADO DE FRUTAS, HORTALIZAS Y FLORES ALMERÍA, SECTOR DEL
CAMPO DE GRANADA, MANIPULADO Y ENVASADO DE FRUTAS, HORTALIZAS GRANADA,
MANIPULADO Y ENVASADO DE TOMATE FRESCO DE MURCIA y COSECHERAS Y
PRODUCTORES DE FRUTA, UVA DE MESA Y OTROS PRODUCTOS AGRÍCOLAS DE
MURCIA.
La máxima jornada anual permitida, de 1.826 horas, se aplicaría en 5 convenios,
que afectarían aproximadamente a 35.500 personas trabajadoras.
Ello supone una desviación importante y una disparidad en materia de jornada que
resulta llamativa.
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