Page 42 - NC 2023 en el Sector Agrario Español
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Convenios sin actualizar



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                         NOMBRE DEL CONVENIO               PROVINCIA   VIGENCIA      estado
                                                                                                 TRABAJADORES

                                                                       1998 (hasta
                  CONVENIO COLECTIVO SINDICAL DE TRABAJO DE             2015, se
                 ACTIVIDADES AGROPECUARIAS DE LA PROVINCIA DE   TERUEL   actualizan    SIN             -
                                 TERUEL                                  tablas    ACTUALIZAR
                                                                        salariales)


              El único Convenio de la Comunidad Autónoma de Aragón que aparece sin actualizar es

              el que corresponde a ACTIVIDADES AGROPECUARIAS DE TERUEL al no hallarse dicho

              Convenio en las bases de datos del REGCON, no puede determinarse el número de

              personas  afectadas  por  el  mismo.  Sin  embargo,  según  los  datos  de  la  TGSS  a
              31.12.2023, el número de personas trabajadoras potencialmente afectadas por este

              convenio sería de 1.804 personas, que se encontrarían a día de hoy en una situación

              de desprotección por el vacío de cobertura que se produce en esta provincia al no existir

              convenio de aplicación para las personas trabajadoras de la agricultura.


              Resumen

              Respecto  a  la  cobertura  de  Convenios  colectivos  sectoriales  del  sector  agrario  en

              Aragón, es de reseñar el vacío de cobertura registrado en la provincia de Teruel, donde
              existían  a  31.12.2023  1.804  personas  trabajadoras  en  el  sector  agrario  que  se

              encuentran sin Convenio, y sin tabla salarial desde 2015, aplicándose, entendemos, el

              Laudo  del  año  2000  que  sustituyó  a  las  Ordenanzas  laborales,  o  simplemente  el

              Estatuto de los trabajadores.
              No obstante, y dado que no consta en los registros el Convenio, tampoco consta que

              haya sido denunciado, y habría que estar a lo dispuesto en el texto del mismo:

              Artículo 4.º Denuncia. El convenio deberá denunciarse con tres meses de antelación, como mínimo, a la
              fecha de su vencimiento, previa comunicación a la otra parte. En el supuesto de no ser denunciado o de
              prolongarse su vigencia, el 1 de enero de 1998, se incrementará automáticamente en el índice de precios

              al consumo que, para el Estado español, señale el Instituto Nacional de Estadística.
              Por lo tanto, cabría entender que en este territorio se esté aplicando la parte normativa

              del Convenio. En materia salarial, si el Convenio se estuviera cumpliendo, deberían

              haberse producido incrementos salariales equivalentes al IPC de cada año.


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