Page 326 - Negociación Colectiva 2021 en el sector agroalimentario español
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4.3.3.- Convenios sin actualizaciones salariales en el año 2021 en el Sector Agroalimentario



               4.- CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE TORREFACTORES DE CAFÉ DE VIZCAYA
                CÓDIGO CONVENIO        48002305011981
                VIGENCIA               2007-2009
                DENUNCIA DEL CONVENIO  Se regirán por la misma normativa, exceptuando en un punto en concreto, hasta que no se negocie un
                                       nuevo convenio.
                NÚMERO DE TRABAJADORES  0
                HOMBRES                0
                MUJERES                0

                JORNADA                1.740 horas anuales
                VACACIONES             32 días naturales
                EJERCICIO ECONÓMICO    2008
                INCREMENTO SALARIAL    3,50%
                PAGAS EXTRAORDINARIAS  3 pagas de 30 días de S.B.+Ant.+Plus convenio
                SALARIO ANUAL          Peón: 0 € Oficial 1ª: 0 €
                CLÁUSULA DE REVISIÓN   Para el año 2010 el incremento será de 3,5% con una cláusula de revisión salarial del IPC de dicho año
                                       más 1 punto.
                COMPLEMENTO DE IT      En caso de enfermedad del personal y mientras se encuentre en situación de I.T., se respetará la totalidad
                                       de las pagas extraordinarias que se establecen en el Convenio. En caso de accidente de trabajo o de
                                       hospitalización por intervención quirúrgica la empresa completará las prestaciones de la Seguridad Social
                                       hasta el 100% de su salario desde el primer día de la baja, entendiéndose por salario a estos efectos, el
                                       salario base, antigüedad, plus Convenio, y comisiones exclusivamente. En el caso de enfermedad tam-
      326                              bién completará hasta el 100% del salario a partir del día 30 de baja, entendiéndose por salario a estos
                                       efectos salario base, antigüedad y plus convenio.
                CLÁUSULA DE            NO
                ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
                VIOLENCIA DE GÉNERO    NO
                DERECHOS DIGITALES     Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales, de videovigilancia y grabación en el ámbito laboral: NO
                                       Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral: NO
                                       Derecho a la intimidad ante la utilización de geolocalización en el ámbito laboral: NO
                                       Garantías adicionales frente a los derechos digitales en la negociación colectiva: NO
                PARTES FIRMANTES       CEBEK, ELA, CC.OO.
                VARIOS / OBSERVACIONES  Convenio ultractivo. Sin actualización salarial desde 2010
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