Page 347 - Negociación Colectiva 2020 en el sector agroalimentario español
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4.3.3.- Convenios sin actualizaciones salariales en el año 2020 en el Sector Agroalimentario



               7.-CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA LAS INDUSTRIAS VINÍCOLAS, LICORERAS Y ALCOHOLERAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA.
                CÓDIGO CONVENIO        14000155011982
                VIGENCIA               2018-2019

                DENUNCIA DEL CONVENIO  Con al menos dos meses de antelación a la fecha de su vencimiento
                NÚMERO DE TRABAJADORES  850
                MUJERES                725
                HOMBRES                125
                JORNADA                1.764 horas
                VACACIONES             30 días naturales
                EJERCICIO ECONÓMICO    2019
                INCREMENTO SALARIAL    2,00%
                PAGAS EXTRAORDINARIAS  2 pagas extraordinarias
                SALARIO ANUAL          Peón: 12.086,34 €  Oficial 1ª: 13.117,02 €
                CLÁUSULA DE REVISIÓN   NO
                COMPLEMENTO DE IT      Todos los trabajadores afectados por el presente Convenio que causan baja por enfermedad o accidente
                                       percibirán desde la fecha en que se produzca la baja y mientras dure la situación legal de IT, un comple-
                                       mento salarial sobre las prestaciones económicas de la Seguridad Social equivalente al 15% de su salario
                                       real. No obstante, los trabajadores en situación de baja por enfermedad o accidente percibirán hasta el
                                       100% de su salarlo real en los siguientes casos: a) Durante los 3 primeros días de baja, por una sola
                                       vez al año. b) En cualquier caso, a partir de 18 días de baja por enfermedad o accidente. c) Desde el día
                                       primero de la baja, en todos los procesos  derivados de accidente laboral. d) Desde el primer día de la
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                                       medie hospitalización, intervención quirúrgica o que el trabajador se encuentre sometido a proceso de
                                       rehabilitación bajo control médico.
                CLÁUSULA DE
                ESTABILIDAD EN EL EMPLEO  Límites a la contratación temporal
                VIOLENCIA DE GÉNERO    Trabajadores especialmente sensibles, acción positiva y derecho de las mujeres
                DERECHOS DIGITALES     Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales, de videovigilancia y grabación en el ámbito laboral: Si
                                       se produjese algún caso de acoso sexual, se salvaguardará al máximo la intimidad de la persona agredida
                                       Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral: NO
                                       Derecho a la intimidad ante la utilización de geolocalización en el ámbito laboral: NO
                                       Garantías adicionales frente a los derechos digitales en la negociación colectiva: NO
                PARTES FIRMANTES       ASOCIACIÓN PROVINCIAL DE EMPRESARIOS DE VINOS Y BEBIDAS ALCOHÓLICAS DE CÓRDOBA, UGT Y CCOO
                VARIOS / OBSERVACIONES
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