Page 230 - NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2019 EN EL SECTOR AGROALIMENTARIO ESPAÑOL
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4.3.5.- Sector de especias



               3.-CONVENIO COLECTIVO DE PREPARADORES Y ESTAUCADORES DE ESPECIAS, CONDIMENTOS Y HERBOLISTERÍA DE MURCIA.

                CÓDIGO CONVENIO        30000505011981
                VIGENCIA               2017-2021
                DENUNCIA DEL CONVENIO  El presente Convenio Colectivo quedará automáticamente denunciado a su finalización, quedando prorroga-
                                       do en su conjunto hasta que las partes alcancen un nuevo acuerdo.
                NÚMERO DE TRABAJADORES  500
                MUJERES                350
                HOMBRES                150
                JORNADA                1.767 horas anuales
                VACACIONES             30 días naturales
                EJERCICIO ECONÓMICO    0
                INCREMENTO SALARIAL    3,00%
                PAGAS EXTRAORDINARIAS  2 pagas de S.B.+Ant,
                                       1 paga de S.B.+Ant. en concepto de beneficios
                SALARIO ANUAL          Peón: 15.046,11   Oficial 1ª: 16.711,84
                CLÁUSULA DE REVISIÓN   NO
                COMPLEMENTO DE IT      En caso de accidente de trabajo o enfermedad común del trabajador hospitalizado, las empresas com-
                                       plementarán las prestaciones de la Seguridad Social hasta el 100% del salario, durante el tiempo que
                                       concurran esas circunstancias. Igualmente durante los procesos de intervención quirúrgica, incluido el
                                       período de recuperación posterior a la hospitalización o intervención quirúrgica.
      230       CLÁUSULA DE            Es propósito de las partes suscriptoras del presente Convenio Colectivo, el fomento y uso adecuado de
                ESTABILIDAD EN EL EMPLEO  las diferentes modalidades de contratación, de forma tal que las necesidades permanentes de la em-
                                       presa o centro de trabajo se atiendan a través de contrataciones de carácter indefinido (fijo) y las nece-
                                       sidades coyunturales, cuando éstas existan, se cubran mediante modalidades de contratación temporal
                VIOLENCIA DE GÉNERO    NO
                DERECHOS DIGITALES     Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales, de videovigilancia y grabación en el ámbito laboral: NO
                                       Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral: NO
                                       Derecho a la intimidad ante la utilización de geolocalización en el ámbito laboral: NO
                                       Garantías adicionales frente a los derechos digitales en la negociación colectiva: NO
                PARTES FIRMANTES       Asociación Empresarial «Gremio Oficial de Exportadores de Pimiento Molido de la Región de Murcia,
                                       Sección de Envasado de Especias y Herboristería», y de otro, la Federación Agroalimentaria de UGT.
                                       Murcia y Federación Agroalimentaria de CC OO Murcia.
                VARIOS / OBSERVACIONES
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