Page 297 - Las marcas de distribución en los sectores de fabricación de productos: avicultura, conservas de pescado, comida refrigerada y fabricación de aceites (2020)
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ANÁLISIS DE EMPRESAS Y NEGOCIACIÓN COLECTIVA





                                   FICHAS NEGOCIACIÓN COLECTIVA  | Aceites


                                                   DATOS GENERALES
                Nº Orden Ranking              2          Nº Orden centro de trabajo  6

                Nombre empresa                MIGUEL GALLEGO, S.A. (MIGASA)
                Ventas 2020 (mill. €). Variación   837,67 Mill € (+10,41%)
                s/ año anterior
                Plantilla 2020 (mill. €). Variación
                s/ año anterior               696 (-1,56%)
                Fábrica MDD                   SI
                Centro de trabajo. Provincia.
                Localidad                     Málaga - Villanueva de Algaidas
                                              FÁBRICAS DE ACEITE DE OLIVA, EXTRACTORAS DE ORUJO Y ADEREZO
                Nombre del convenio
                                              Y EXPORTACIÓN DE ACEITUNAS DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA
                Código del convenio           29000765011981

                Vigencia                      2018-2022


                                                JORNADA Y VACACIONES
                Jornada laboral               Anual      1.800            Semanal      40
                Vacaciones                    30 dias naturales (Art. 2-6)
                Regulación de Flexibilidad de
                jornada                       NO
                                              Artículo 2-4. Turnos de trabajo. Las empresas podrán establecer turnos
                                              de trabajo continuados o interrumpidos con las siguientes limitaciones:
                                              • La jornada semanal no podrá ser superior a la legal.
                                              • En aquellas horas que la superen se pagarán como extraordinarias.
                Regulación régimen de trabajo
                a Turnos                      Artículo 4-5. Plus de nocturnidad y plus de turnos.
                                              Caso que se produzcan turnos de noche, estos se rotarán semanalmente,
                                              abonándose con el recargo del:
                                              a) 25% sobre el SB y plus de antigüedad, o bien,
                                              b) Todos los turnos con un recargo del 15% sobre SB y plus de antigüedad

































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