Page 231 - Las marcas de distribución en los sectores de fabricación de productos: avicultura, conservas de pescado, comida refrigerada y fabricación de aceites (2020)
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ANÁLISIS DE EMPRESAS Y NEGOCIACIÓN COLECTIVA
PROTECCIÓN SOCIAL Y MEJORAS SOCIALES
ARTÍCULO 35.—INCAPACIDAD TEMPORAL.
En los casos de incapacidad temporal derivada de contingencia común
Complemento IT EC con hospitalización percibirá el cien por cien del salario que debería
percibir desde el primer día de hospitalización hasta la fecha de alta
médica.
ARTÍCULO 35.—INCAPACIDAD TEMPORAL.
Complemento IT AT EP La prestación por incapacidad temporal derivada de accidente laboral se
Hospitalización complementará al cien por cien del salario que debería cobrar desde el
primer día de baja.
ARTÍCULO 33.—SEGURO DE MUERTE O INVALIDEZ.
La empresa contratará una póliza de seguro de muerte e invalidez
derivada de accidentes de trabajo cuyos benefi ciarios serán todos los
trabajadores/as de la empresa durante su permanencia en activo en la
misma.
Seguro Colectivo La cobertura de este seguro, que abarcará las 24 horas del día y las
contingencias de infarto de miocardio, será idéntica para todos los
trabajadores/as,
La cuantía establecida para el seguro será de 15.000,00 € (Quince mil
euros) en caso de fallecimiento y 21.000,00 € (Veintiún mil euros) para
el supuesto de Incapacidad Permanente Total, Absoluta o Gran Invalidez.
Prestaciones y Ayudas familiares
Préstamos y ayudas vivienda
Premios de Permanencia o
Vinculación
Incapacidad Permanente
Jubilación y premio de
jubilación
Planes de pensiones y previsión
social
ARTÍCULO 34.—CAPACIDAD DISMINUIDA.
Cuando un trabajador/a se encuentre en situación de incapacidad
permanente total para la profesión habitual, derivada de cualquier
contingencia debidamente declarada por el órgano competente para
ello, este tendrá preferencia sobre cualquier otro trabajador/a para cubrir
Otras mejoras sociales
un puesto de trabajo, siempre que exista declaración de compatibilidad
de la TGSS- INSS, y exista una vacante a tal efecto en la empresa, a lo
cual esta queda obligada. La relación contractual de los trabajadores/as
afectados por el presente artículo, con respecto a su naturaleza, será la
misma que cuando pasaron a la situación de invalidez
INDUSTRIA 4.0
Teletrabajo
Derecho a desconexión digital
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