Page 81 - Evolución e impacto de la inflación en el sector agroalimentario de España
P. 81
Tabla 3.4. grupo de productos afectados y no afectados por la medida según tipo IVA
TIPO IVA
GRUPO DE TIPO CAMBIO
A PARTIR
PRODUCTOS IVA DE ENERO PRECIO GRUPO DE CONTROL
(PORTUGAL)
TRATADOS (ESPAÑA) 2022 TEÓRICO
2023
Arroz 4% 0% -3.85% Arroz
Cereales y pan 4% 0% -3.85% Cereales y pan
Fruta fresca 4% 0% -3.85% Fruta fresca
Harina 4% 0% -3.85% Harina
Huevos 4% 0% -3.85% Huevos
Leche desnatada 4% 0% -3.85% Leche desnatada
Leche entera 4% 0% -3.85% Leche entera
Otros aceites 4% 0% -3.85% Otros aceites
Pan 4% 0% -3.85% Pan
Patatas 4% 0% -3.85% Patatas
Queso y cuajada 4% 0% -3.85% Queso y cuajada
Vegetales congelados 4% 0% -3.85% Vegetales congelados
Vegetales frescos 4% 0% -3.85% Vegetales frescos
Aceite de oliva 10% 5% -4.55% Aceite de oliva
Fuente: elaboración propia con datos de Eurostat Pasta y couscous 10% 5% -4.55% Pasta y couscous
74 Fuente: elaboración propia siguiendo a Almunia, Martínez & Martínez (2023) 75
3.6. Resultados empíricos con Portugal como control
Como se hacía con los productos de España, desestacionalizamos los datos, pues pre-
Al igual que el caso de España, en la Tabla 3.4., podemos ver los diferentes productos sentan una alta estacionalidad. Una vez que ya tenemos los datos desestacionalizados y
afectados por la medida que hemos utilizado con su respectivo grupo de control, en hemos comparado uno a uno cuál es el mejor producto de control para cada producto
base al cumplimiento de las tendencias paralelas, así como la bajada del tipo del IVA y el tratado, agregamos los índices de los grupos de tratamiento y control de la misma for-
cambio de precio teórico asignado. En media, el cambio teórico debe disminuir el precio ma que se hacía en el epígrafe anterior La suma de las ponderaciones del grupo de los
de estos productos en 3,94%. Si la bajada del modelo empírico no es superior a esta ob- tratados de los productos españoles representa un 11,34%, un 10,71% y un 8.94% para el
servada, podríamos decir que la medida no ha tenido efecto para reducir los precios de año 2021, 2022 y 2023 respectivamente, sobre el total de las ponderaciones del resto de
estos alimentos básicos. Para el cálculo del cambio en el precio teórico hemos utilizado productos de la clasificación ECOICOP. Para Portugal la suma de las ponderaciones re-
la siguiente fórmula, extraída Almunia, Martínez & Martínez (2023): presenta un 11,95%, un 11,75% y un 11,55% para el año 2021, 2022 y 2023 respectivamente,
sobre el resto de los productos de la clasificación de ECOICOP. De esta manera, hemos
1 + é supuesto que esa es la base para calcular las ponderaciones transformadas para cada
= 1 producto, tanto del grupo de control como del grupo de tratamiento. Por ejemplo, el pan
(1 + )
representa un 13,66% de ese 11,34% para el año 2021 para España. Así, hemos calculado
dónde IVA_antes es el tipo impositivo de IVA antes de la implementación de la medida, un nuevo índice ponderado para el grupo de tratamiento y el grupo de control poniendo
mientras que IVA_después es el tipo impositivo de IVA después de la implementación de como base enero de 2021. Esto se puede observar en la Figura 3.10.
la medida. Se puede comentar que hemos utilizado como control los productos equiva-
lentes de Portugal no afectados por la medida del IVA.