Tras más de un año de negociaciones, la comisión negociadora del IV Convenio Colectivo Estatal de la Industria, las Nuevas Tecnologías y los Servicios del Sector del Metal (CEM) ha firmado hoy el acuerdo para renovar el contenido del convenio.
Entre los aspectos más importantes del nuevo convenio, figuran los siguientes puntos:
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Vigencia de tres años (2021 a 2023).
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Se refuerza el ámbito funcional, manteniéndose a su vez el modelo de estructura de la negociación colectiva del sector, habiendo materias que se negocian en el ámbito estatal comunes para todo el sector y otras materias competencia de los ámbitos provinciales de negociación.
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En materia de jubilación obligatoria en el sector, se actualiza el articulado del convenio a la legislación vigente.
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Igualmente se amplían derechos para las personas trabajadoras en la regulación de teletrabajo y trabajo a distancia y se regula el registro de jornada.
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En cuanto al salario sectorial, se actualiza el texto del convenio con el registro retributivo y se crea un nuevo artículo sobre igualdad retributiva entre mujeres y hombres basado en el principio de igualdad de retribución por trabajos de igual valor, eliminando así desigualdades.
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Igualmente se mejora el texto en materia de igualdad, planes de igualdad y los diagnósticos de situación, criterios de promoción.
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En cuanto al observatorio sectorial, se continúa apostando por los firmantes por esta útil herramienta de conocimiento para el sector, donde se elaborarán estudios estadísticos, se generará información cuantitativa y cualitativa específica sobre la situación y perspectivas del Sector.
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En referencia a la formación obligatoria en materia de prevención de riesgos laborales, se amplía en un año, debido a la pandemia, el plazo para que las personas trabajadoras del sector reciban la formación obligatoria recogida en los capítulos XVII y XVIII. Es decir, todas las personas trabajadoras del sector deben de tener el 1 de octubre de 2022 la formación recibida.
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Por otra parte, en lo específico del sector siderúrgico, se adecúa la formación mínima obligatoria en materia de Prevención de Riesgos Laborales a la realidad sectorial.