El incremento salarial es consecuencia de la demanda de CCOO y UGT FICA por la que, el pasado 29 de febrero, la Audiencia Nacional declaró ilegal la doble escala salarial en Iberdrola
La firma del vigente VIII Convenio Colectivo de Iberdrola por parte de las organizaciones SIE, ATYPE y USO en otoño de 2020 suponía la aplicación de una doble escala salarial y la consecuente reducción salarial del 10% para todo el personal ingresado en Iberdrola a partir del 1 de enero de 2021.
Por ello, CCOO y UGT FICA acudieron en noviembre de 2023 a la Audiencia Nacional para que se declarase ilegal la tabla pactada por los sindicatos firmantes dado que el acuerdo suponía “una disparidad retributiva injustificada y perpetua que se establece entre los trabajadores/as incluidos en un mismo rango y ámbito de aplicación, motivada únicamente por su fecha de ingreso”.
La Audiencia Nacional dio la razón a UGT FICA y CCOO, determinando que “queda acreditada la existencia de una doble escala salarial ilegal por no encontrarse justificada” y proyectar “hacia el futuro estableciendo dos escalas salariales cuya justificación no se nos parece razonable”.
La sentencia, ejecutable sin perjuicio de su recurso ante el Tribunal Supremo, ha supuesto -con efectos del pasado 1 de marzo- que más de 1500 trabajadores/as actuales de los 8900 que integran la plantilla en España y todas las futuras incorporaciones incrementen su salario un 10% a partir de la nómina de junio.