La Federación ha interpuesto un recurso de casación en el Tribunal Supremo contra la sentencia del TSJC que desestimaba la demanda
El pasado 4 de abril, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña dictó sentencia conforme se desestimaba la demanda interpuesta por UGT FICA Cataluña contra las organizaciones patronales Unió de Pagesos, Jóvenes Agricultores y ganaderos de Cataluña (JARC) y el Instituto Agrícola Catalán San Isidro, en la que desde nuestra organización exigíamos que el convenio agropecuario de Cataluña adecuara las tablas salariales de todas las categorías al Salario Mínimo Interprofesional.
Desde el año 2021 en que 5 grupos profesionales estaban por debajo del SMI hasta el año 2024 que la totalidad de los 7 grupos profesionales están fuera, no se han firmado y publicado las tablas salariales del convenio, con la consiguiente pérdida de poder adquisitivo de los trabajadores y trabajadoras y la clara discriminación que sufren.
El recurso de casación interpuesto por nuestra organización, alega que el Tribunal Supremo a través de distinta doctrina (STS 74/2022), ha situado que la legislación asegura que las cantidades establecidas del SMI mediante RD deben ser trasladadas a todas las relaciones laborales sin que ello afecte ni interfiera en el derecho a la negociación colectiva ni a la autonomía de las partes.
UGT FICA Catalunya quiere poner en evidencia que según los propios datos del sector, este año la cosecha será normal en toneladas de fruta, sin grandes afectaciones producto de la sequía que sufre el territorio. Por este motivo creemos que es totalmente inadmisible que los temporeros y temporeras de la fruta no vean recogido en sus tablas salariales el SMI.