Desde UGT FICA reiteramos la necesidad de seguir avanzando en las inversiones vinculadas a la descarbonización para poder garantizar capacidades productivas y empleo, así como, el futuro de la siderurgia en nuestro país
La mayoría social en la mesa negociación del ERE de ArcelorMittal (UGT FICA y USO) alcanzó ayer miércoles, 15 de mayo, un acuerdo con la Dirección de Recursos Humanos sobre las condiciones de las ayudas previas al personal nacido en el año 1962 afectado por el ERE.
Entre los puntos del acuerdo adoptados en la sexta reunión de mesa destaca:
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Fórmula de salida para el personal del año 1962, con una fórmula mixta de contrato relevo manufacturero y ERE de extinción de ayudas previas.
El personal de contrato de relevo manufacturero saldrá con las mismas garantías pactadas para años anteriores
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Personal que sale con el ERE de extinción de ayudas previas. Garantía del 80% del salario bruto ordinario del último año, y con todas e idénticas coberturas de los seguros que se tienen en el contrato relevo tanto para el personal de dentro de convenio, como para el personal de contrato individual, independientemente de la norma por la que se regule.
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La fórmula de cálculo del complemento sería la misma que se utiliza para el cálculo del complemento del contrato relevo, salario bruto ordinario más todos los complementos abonados que se incluyen en el contrato relevo en el último año trabajado a la fecha de salida.
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Si alguna persona trabajadora no tuviera los dos años de desempleo, entraría en ayudas previas en el momento que finalice el desempleo, hasta su jubilación ordinaria.
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El complemento que abona la empresa para el personal que prorratee la indemnización, sería revalorizable con las subidas del convenio colectivo, hasta la edad de jubilación.
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Se acuerdan entre 30 y 50 contrataciones indefinidas en el ámbito del Clúster de Asturias, en la vigencia de los convenios colectivos.
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La posibilidad de cobrar la indemnización en un único pago a la salida del trabajador de toda la cuantía que tendría que cobrar de complemento de la empresa hasta la edad de jubilación.
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En el caso de que el trabajador que cobre la indemnización prorrateada mes a mes y lamentablemente fallezca, la parte de la indemnización que esté pendiente de percibir quedaría para los herederos legales y estos podrán seguir percibiéndola prorrateada o en un único pago.
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Si algún trabajador no tuviera a los 65 años los años cotizados suficientes para tener derecho al 100% de su pensión, este periodo se podría prorrogar y seguir en ayudas previas hasta que tenga derecho al 100% de su jubilación.
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La empresa manifiesta que el personal del año 1962 saldrá a partir de la fecha que haya la seguridad jurídica para que la aplicación de la medida se pueda hacer efectiva, pero la fecha tope de salida para todo el personal será el 30 de junio de 2024 independientemente de la fórmula de salida que haya escogido el trabajador/a.
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Si algún trabajador tuviera licencias pendientes a la fecha de salida, le serán abonadas en la liquidación. El personal en el ERE tendrá derecho a solicitar la ayuda al estudio, por acuerdo de los comités locales.