Sin embargo, el 15 de mayo la empresa emitió una nueva comunicación en la que, de forma unilateral, decidió la retirada anticipada de dicha prima a partir del 24 de mayo de 2020, que sería el último día de pago. Para ello alegó una recuperación de la normalidad que no se produjo en realidad hasta la verdadera finalización del Estado de Alarma.
La Sección Sindical Estatal de UGT exigió a la empresa el abono de la citada prima, dado que el Estado de Alarma no concluyó hasta el día 21 de junio de 2020, fecha hasta la que según, sus propias indicaciones, debía de haber mantenido el citado pago sin que, una vez establecido, pudiera suprimirlo unilateralmente.
Por tanto y ante la negativa de la empresa a seguir pagando la mencionada prima, la Sección Sindical Estatal de UGT presentó ante la Audiencia Nacional conflicto colectivo de reclamación de derecho, obteniendo de esta instancia una sentencia a favor de las personas trabajadoras de Nestlé.
Nestlé decidió recurrir esta sentencia al Tribunal Supremo, y el jueves 21 de marzo, el Tribunal Supremo ratificó la sentencia recurrida por la empresa, obligando a Nestlé a pagar los 500 euros correspondientes al mes de junio de 2020. Por tanto, Nestlé está obligada por la referenciada sentencia, a pagar los reseñados 500 euros de forma inmediata y así, esperamos que lo haga.
La Sección Sindical Estatal de UGT felicita a todas las personas trabajadoras de Nestlé que tienen derecho a percibir la cantidad de 500 euros y anima a que ejercen la reclamación.