La Federación de Industria, Construcción y Agro de UGT está completando su estrategia sindical de cara a la negociación, a partir del próximo 1 de enero de 2024, del que será el XXI Convenio General de la Industria Química, dado que la vigencia del actual convenio finaliza el 31 de diciembre.
Con los datos en la mano, el convenio que finaliza próximamente su vigencia supondrá importantes incrementos salariales para el conjunto de los más de 300.000 empleos directos de la industria química, farmacéutica, del caucho y del plástico, al aplicarse la cláusula de actualización salarial. Hay que recordar que el XX Convenio, firmado en julio de 2021, en plena situación de crisis por la pandemia de COVID, fijó el total del incremento salarial pactado en un 5% para los tres años de vigencia. Gracias a la activación de la cláusula de revisión prevista en el convenio, que fue una de las prioridades reivindicativas de UGT FICA, el incremento salarial real en los años 2021, 2022 y 2023 se adecuará a la suma de los IPC reales de los tres años, lo que asegura el mantenimiento del poder adquisitivo de los salarios. Hay que tener en cuenta, además, que el IPC real del año 2023 se dará a conocer a mediados de enero, lo que supondrá un incremento superior al 15% en el conjunto de los tres años, una vez aplicada la revisión del 2023.
En resumen:
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Total Incremento Salarial Pactado en Convenio (5%):
Año 2021: 1% de la Masa Salarial Bruta1 (MSB).
Año 2022: 2% de la Masa Salarial Bruta.
Año 2023: 2% de la Masa Salarial Bruta.
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Total Incremento Salarial con la Aplicación del IPC real (12,2%):
Año 2021: 6,5% de subida real.
Año 2022: 5,7% de subida real.
Año 2023: Saldrá publicado a mediados del mes de Enero
Esto significa que, a partir del 1 de enero, se deben actualizar las tablas salariales con arreglo al incremento real, a falta de conocer el IPC real de 2023. La actualización de tablas se aplicará a partir del 01/01/2024, y no generará atrasos de los años anteriores, a excepción del IPC de 2023, que se aplicará con posterioridad una vez sea conocido oficialmente.
Hay que recordar que el incremento de salarios resultante de los tres años sirve como base o punto de partida sobre el que negociar el nuevo incremento salarial que se pacte para el XXI Convenio General de la Industria Química.
Esta misma revisión salarial se aplicará a las tablas del Salario Mínimo Garantizado (SMG). Al operar esta revisión salarial sobre la Masa Salarial Bruta (MSB) de cada empresa no es posible la compensación y/o absorción de la misma con otros conceptos salariales, sea cual sea su denominación.
Desde UGT FICA vamos a defender una vez más una plataforma reivindicativa que sume y suponga mejoras en las condiciones laborales y salariales del conjunto de las personas trabajadoras del sector.