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Preacuerdo en el convenio de Marroquinería, Cueros Repujados y Similares

Preacuerdo en el convenio de Marroquinería, Cueros Repujados y Similares

El incremento salarial contempla un 5% para el año 2023, un 3.5% en 2024 y un 3% en 2025

En el día de ayer, tras varios recesos, ofertas y contraofertas, conseguimos alcanzar un preacuerdo para el convenio de Marroquinería, Cuerso Repujados y Similares de Madrid, Castilla la Mancha, La Rioja, Cantabria, Burgos, Soria Segovia, Ávila, Valladolid y Palencia.

Las líneas generales del preacuerdo, que ha de ser ratificado por las personas trabajadoras del sector mediante asambleas, son las siguientes:

* Vigencia de 3 años (2023 - 2025).

* Compensación y absorción: se incorpora un concepto nuevo que contempla que no se compensará ni absorberá ninguna cantidad de los incrementos de los conceptos salariales de convenio para aquellas personas que tengan un salario fijo bruto de hasta 25.000 euros. Esto implica es que si una persona al recibir un posible plus o premio excede de esos 25.000 euros ese plus no va a computar a la hora de aplicar este concepto de compensación. Según datos facilitados por la patronal ésta cláusula protege al 82% del sector cómo mínimo.

* Incremento salarial de un 5% para el año 2023, un 3.5% en 2024 y un 3% en 2025.

* Revisión salarial. En el caso de que el IPC real de cada año supere la cifra del incremento salarial se procederá a una revisión de un 1% como máximo con carácter retroactivo a día 1 de Enero de ése año.

* Plus de no absentismo: se incrementa la cantidad que se recibe por éste plus de 470 a 750 euros al año y se modifica la forma de revisión pasando de un carácter mensual a un carácter trimestral. 

* Plus de turno de tarde. Se trata de un nuevo plus de 2,4 euros por día trabajado en tarde en 2023, para 2024 será de 2,6€ y para 2025 de 2,8€. Este concepto se irá revalorizando al mismo ritmo que el resto de conceptos económicos del convenio a partir de 2026 si no hay acuerdo en contrario. Un plus que se ha conseguido después de mucho pelear, hasta convencer a la patronal de que la conciliación familiar es distinta para las personas que trabajan de mañana o  de tarde.

* Creación de la figura del delegado de medioambiente.

Se rebaja el umbral para la creación de la figura del delegado sindical para empresas desde 75 trabajadores (antes estaba en 250). Se trata de un gran avance, puesto que en el sector no hay grandes empresas pero si alguna mediana que a partir de ahora va a poder tener delegados sindicales.

* Nuevo redactado más claro y más conciso para la desconexión digital, de forma que favorezca más al trabajador.

* Contrato por circunstancias de la producción. Podrán ampliar el periodo máximo legal de 6 meses hasta 9 meses aquellas empresas que tengan una plantilla promedio indefinida entre el 80% y el 90% durante el último año natural y hasta 12 meses si el porcentaje de indefinidos durante el último año natural supera el 90%. Para hacer éste seguimiento, antes de terminar el año natural,  la empresa informará al comité de empresa de la cantidad de personas indefinidas en la plantilla en ese año para ver la duración máxima del contrato en función del porcentaje.

 * Se modifica el periodo de prueba para el grupo profesional 3 ( personal de administración/ mercantil) niveles 1A y 1B pasando de 30 días naturales a 60.

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