La Inspección de Trabajo da la razón a UGT FICA y sanciona a Dragados por incumplir la jornada intensiva en la construcción
Concretamente, UGT FICA, sindicato mayoritario en el sector de la Construcción, tuvo conocimiento de que en la obra de 270 viviendas sita en la calle Virgen de las Angustias de la capital cordobesa, Dragados obligaba a finales de junio a sus trabajadores y trabajadoras a cumplir una jornada que se extendía más allá del horario permitido, cuando el Calendario aprobado en el Convenio Provincial de la Construcción establecía que desde el 20 de junio al 2 de septiembre de 2022 el horario de entrada no podía ser más tarde de las 7.00 y el de salida no posterior a las 14.00 horas.
Tras esta denuncia, la Inspección de Trabajo realizó una visita a dicha obra, donde pudieron comprobar que las personas trabajadoras continuaban en plena actividad a las 14.35 horas. Así, la Inspección ha resuelto que hubo una “transgresión de las normas y los límites legales o paccionados en materia de jornada, lo cual constituye infracción administrativa ex art.7.5 del texto refundido de la ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social”.
Al conocer el fallo, el secretario general de UGT FICA Córdoba, Pedro Téllez, celebró la noticia, porque recordó que “estamos hablando de acuerdos que se pactan entre las empresas y los sindicatos para velar por la seguridad y la vida de las personas trabajadoras”. En este caso particular, “hablamos de una provincia en la que las temperaturas pueden alcanzar niveles extremos, por eso es fundamental que siempre se anteponga la vida de los trabajadores y las trabajadoras al egoísmo e irresponsabilidad empresarial”.
Finamente, Téllez añadió que “desde UGT FICA ya anunciamos que estaríamos muy vigilantes en el cumplimiento de esta jornada intensiva reducida y así ha sido”. Asimismo, el responsable sindical recordó que, recientemente, “se ha firmado un nuevo Convenio Provincial de la Construcción en Córdoba que, además de la jornada intensiva reducida obligatoria, hemos añadido la posibilidad de modificar la jornada en cualquier momento del año en el que las condiciones climatológicas sean adversas”.