La Comisión Negociadora del II Acuerdo Marco de FerroGlobe, formada por UGT FICA, CCOO, CIG, SUC y USO junto a la Dirección de la multinacional, alcanzó esta madrugada por unanimidad un acuerdo qeu fija las condiciones sociolaborales y económicas para el conjunto de las personas trabajadores del Grupo. La Federación valora muy positivamente el acuerdo, que se ha alcanzado, además, en un contexto económico internacional difícil.
El II Acuerdo Marco asegura el poder adquisitivo del conjunto de las plantillas, además de regular materias clave como el teletrabajo, la distribucion irregular de la jornada, junto a mejoras sociales como los permisos retribuidos a elección del trabajador y una reducción de la jornada laboral anual de8 horas, algo que no se lograba en muchas años de negociacion.
Entre los puntos destacados del acuerdo figuran:
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Reducción jornada anual de 8 h (1744 horas anuales).
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Ámbito personal: Se incluye todas las sociedades y personas trabajadoras del grupo FerroGlobe en nuestro país.
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Ámbito temporal: 2 años, de 1 enero 2021 a 31 diciembre 2022.
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Incremento salarial:
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Año 2021 incremento salarial del 6,5%, sumándose el incremento salarial del 2,3% realizado el pasado 1 de enero 2021 y el 4,2% consolidable a tablas salariales a 1 de enero 2022 (con el correspondiente abono de atrasos desde esa fecha).
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Año 2022 incremento salarial del 10.2 %, distribuido en un incentivo no consolidable compensación a abonar a la firma acuerdo marco de 1.200 € (aproximadamente 4% salario medio) y un incremento consolidable a tablas a 1 enero 2023 del 6,2%.
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Por lo tanto, a la firma acuerdo marco se abonará en la primera nómina personas trabajadoras, alrededor de 2.000 € (referencia salario medio).
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Distribución irregular de la jornada: Se podrá distribuir irregularmente 40 h con preaviso de 7 días regularizables hasta el 31 marzo del año 2023.
Se regula la distribución irregular de jornada por debajo de la normativa vigente estatuto trabajador, que impone la posibilidad del distribuir irregularmente el 10% de la jornada anual.
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Calendario: opción de 1 cambio de calendario por semestre con preaviso de 7 días.
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Permisos: El computo permisos retribuidos de duración indeterminada (accidente, IT…) se podrán disfrutar durante que exista el hecho causante.
Si la persona trabajadora recibe aviso ya habiendo realizado el 25% de su jornada laboral el computo se iniciará el día siguiente.
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Complementos IT: la parte social no acepta modificar las condiciones y complementos IT en vigor (100% cobertura base reguladora).
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Contratos de relevo: aplicación contrato relevo a los años 1960, 1961 y a los nacidos en 1962 de mantenerse modalidad CR manufacturero.
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Teletrabajo y trabajo a distancia. Se regula esta modalidad prestación laboral garantizando a la persona trabajadora el derecho a la protección seguridad y salud, desconexión digital y libertad sindical, estipulándose una compensación económica de 50 € mensuales.
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Se protege el derecho a desconexión digital pactándose con la RLT protocolos de actuación y cursos concienciación.
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Regulación registro horario.
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Régimen sancionador: remisión al convenio metal estatal.
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Seguros Colectivos Comisión seguimiento para analizar situación pólizas seguros colectivos en cada centro de trabajo con el compromiso análisis situación en los centros de trabajo para homogenizar coberturas y prestación.