Page 433 - La Industria agroalimentaria y las marcas de distribución 2016
P. 433

Empresa:  ULTRACONGELADOS VIRTO, S.A.                                       Ranking  70
                       Marca Blanca  SI
                            Grupo  ULTRACONGELADOS VIRTO, S.A.
                 Empresa o Convenio  ULTRACONGELADOS VIRTO, S.A.
                            Sector Congelados vegetales
                    Código Convenio  31007522011998
                   Centro de trabajo  AZAGRA (NAVARRA)
                           Vigencia  2015-2017
             Cláusula de ultraactividad  Tres años
                 Jornada Anual h/año  1.768 horas
           Jornada Semanal h/semana  No contempla
           Trabajador Fijo:  Peón €/año 14.179,65
             Trabajador Fijo:  Oficial 1 €/
                               año  14.827,65
                         Vacaciones  30 días naturales
                          Nº Pagas  3
                      Importe Pagas
                     extraordinarias  Salario base y plus ad personam
                                   Congelado el 31 de diciembre de 1995 y desde entonces no se generan más derechos por tal
                        Antigüedad
                                   concepto
                  Incremento Salarial 0,75%
                                   Si la suma de los IPCs nacionales de 2015 a 2017, teniendo también en cuenta si resultan
           Cláusula de Revisión Salarial  negativos, excede del 2,00%, el exceso hasta el límite máximo del 0,50% se añadirá a la tabla
                                   salarial de comienzo de 2018.
                  Complemento de IT  Accidente laboral o enfermedad profesional: 100%
                                   En caso de fallecimiento por accidente no laboral  6.010,12 euros.; En caso de muerte por razón
                                   de accidente de trabajo, 21.000,00 euros; En caso de invalidez permanente total por accidente
                                   no laboral; 6.010,12 euros; En caso de invalidez permanente absoluta por accidente no laboral:
                    Seguro Colectivo  6.010,12 euros.;  En caso de gran invalidez por accidente no laboral: 6.010,12 euros.  Invalidez
                                   permanente total por accidente de trabajo: 27.000,00 euros.; Invalidez permanente absoluta
                                   por accidente de trabajo: 27.000,00 euros; En caso de gran invalidez por accidente de trabajo:
                                   27.000,00
           Cláusula de Estabilidad en el   Jubilación parcial con contrato de relevo
                           Empleo
                                   La Dirección de Ultra congelados Virto, se compromete con la Representación Sindical a
                                   promover la formación continua de los trabajadores de la plantilla. El trabajador tendrá derecho a
                         Formación  la adaptación de la jornada ordinaria de trabajo para la asistencia a cursos de formación profesional
                                   o a la concesión del permiso oportuno para su formación o perfeccionamiento profesional, con
                                   reserva del puesto de trabajo
                       Salud Laboral  No contempla
           Clausula de medio ambiente No contempla
                Cláusulas de igualdad  La empresa se compromete a respetar las mejoras introducidas por la ley de igualdad
             Conciliación vida familiar  No contempla
                  Violencia de género  No contempla
                                   La representación del sindicato será ostentada por un Delegado sindical, cuando el sindicato
                                   posea en la empresa una afiliación superior a 15 trabajadores. los miembros del Comité, en cuanto
                  Derechos Sindicales
                                   a componentes del mismo, podrán cederlas hasta el 100% de las que a cada uno corresponda, en
                                   favor de un trabajador de su propia central sindical
                                   Los sistemas de mecanización no podrán perjudicar la formación profesional, que el personal
                                   tiene el derecho y el deber de completar y perfeccionar con la práctica diaria. La mecanización,
                                   progreso técnico o de organización no podrán producir merma en la situación económica de
                       Digitalización
                                   los trabajadores asalariados en general; antes al contrario, los beneficios han de utilizarse de tal
                                   forma que mejoren la situación económica de los trabajadores que estén afectados por esta
                                   mecanización y progreso técnico.
                    Mejoras sociales I  Un día al año por asuntos propios
                   Mejoras sociales II  No contempla
                  Mejoras sociales III  No contempla
                  Mejoras sociales IV  No contempla
     432                                                                                                                                                                                                                               MT
   428   429   430   431   432   433   434   435   436   437   438