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8.4     . Jornada laboral y Tiempo de Trabajo


                  La regulación de la Jornada de trabajo y la distribución de tiempo de trabajo en los

                  convenios colectivos, es una de las materias que mayores controversias presenta

                  en los procesos de negociación. Materia interrelacionada con la organización del
                  trabajo, competencia de la parte empresarial, y el derecho a la conciliación laboral

                  y personal para la persona trabajadora.

                  En el análisis de los 24 convenios vigentes del Sector de Confiterías, encontramos
                  diferencias sustanciales entre el convenio de menor jornada, Guipúzcoa con 1.731

                  horas, y el convenio con mayor jornada laboral, Girona, Tarragona, Málaga y Sevilla

                  con 1.826 horas. Lo que supone 95 horas de diferencia entre uno y otro convenio

                  colectivo.

                  En lo relativo al promedio de jornada de los 24 convenios se establece en 1.793
                  horas, quedando 13 convenios con jornadas inferiores a la media y 11 convenios

                  con una jornada laboral superior a la jornada media del sector.

                  Hemos considerado interesante valorar el impacto de la jornada laboral en relación
                  con el número de personas trabajadoras a las que los convenios dan cobertura,

                  realizando así el cálculo de la media ponderada de la jornada laboral. El dato que

                  obtenemos en este caso es de 1.804 horas anuales.

                  Esta diferencia entre promedio de jornada y media ponderada de jornada, nos lleva
                  a concluir que, entre los convenios analizados, muchos regulan jornadas anuales

                  elevadas, lo que hace subir la media ponderada.
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