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8.4 . Jornada laboral y Tiempo de Trabajo
La regulación de la Jornada de trabajo y la distribución de tiempo de trabajo en los
convenios colectivos, es una de las materias que mayores controversias presenta
en los procesos de negociación. Materia interrelacionada con la organización del
trabajo, competencia de la parte empresarial, y el derecho a la conciliación laboral
y personal para la persona trabajadora.
En el análisis de los 24 convenios vigentes del Sector de Confiterías, encontramos
diferencias sustanciales entre el convenio de menor jornada, Guipúzcoa con 1.731
horas, y el convenio con mayor jornada laboral, Girona, Tarragona, Málaga y Sevilla
con 1.826 horas. Lo que supone 95 horas de diferencia entre uno y otro convenio
colectivo.
En lo relativo al promedio de jornada de los 24 convenios se establece en 1.793
horas, quedando 13 convenios con jornadas inferiores a la media y 11 convenios
con una jornada laboral superior a la jornada media del sector.
Hemos considerado interesante valorar el impacto de la jornada laboral en relación
con el número de personas trabajadoras a las que los convenios dan cobertura,
realizando así el cálculo de la media ponderada de la jornada laboral. El dato que
obtenemos en este caso es de 1.804 horas anuales.
Esta diferencia entre promedio de jornada y media ponderada de jornada, nos lleva
a concluir que, entre los convenios analizados, muchos regulan jornadas anuales
elevadas, lo que hace subir la media ponderada.