Page 262 - Negociación Colectiva 2021 en el sector agroalimentario español
P. 262

4.3.3.- Convenios sin actualizaciones salariales en el año 2021 en el Sector Agroalimentario



               26.- CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA MANIPULADO Y ENVASADO DE TOMATE FRESCO DE LA COMUNIDAD
               AUTÓNOMA DE MURCIA
                CÓDIGO CONVENIO        30001335011981
                VIGENCIA               2019-2020

                DENUNCIA DEL CONVENIO  El Convenio quedará automáticamente denunciado a su finalización y se seguirá aplicando todo su
                                       contenido hasta que se suscriba un nuevo Convenio y como máximo hasta un año después de la fecha
                                       de la denuncia.
                NÚMERO DE TRABAJADORES  3.000
                HOMBRES                1.000
                MUJERES                2.000

                JORNADA                1.826
                VACACIONES             30 días naturales
                EJERCICIO ECONÓMICO    2020
                INCREMENTO SALARIAL    1,80%
                PAGAS EXTRAORDINARIAS  2 pagas de 30 días de S.B.+Antg.
                SALARIO ANUAL          Peón: 13.194 €   Oficial 1ª: 13.866,60 €
                CLÁUSULA DE REVISIÓN   NO

                COMPLEMENTO DE IT      SÍ. La empresa completarán hasta el l00% de la base reguladora diaria a los trabajadores que causen baja
                                       por Incapacidad Temporal derivada de accidente de trabajo, a partir del primer día de baja y mientras
                                       persista la situación de I.T.
      262       CLÁUSULA DE            -
                ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
                VIOLENCIA DE GÉNERO    Sí. La trabajadora víctima de violencia de género, tendrá derecho, para hacer efectiva su protección, o su
                                       derecho a la asistencia social integral, a la reducción de la jornada de trabajo con disminución propor-
                                       cional del salario o a la reordenación del tiempo de trabajo, a través de la adaptación del horario, o de
                                       la aplicación del horario flexible, o de otras formas de ordenación del tiempo de trabajo que se utilicen
                                       en la empresa.
                DERECHOS DIGITALES     Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales, de videovigilancia y grabación en el ámbito laboral: NO
                                       Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral: NO
                                       Derecho a la intimidad ante la utilización de geolocalización en el ámbito laboral: NO
                                       Garantías adicionales frente a los derechos digitales en la negociación colectiva: NO
                PARTES FIRMANTES       PROEXPORT, UGT, CC.OO.
                VARIOS / OBSERVACIONES
   257   258   259   260   261   262   263   264   265   266   267