Page 301 - Negociación Colectiva 2020 en el sector agroalimentario español
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4.3.3.- Convenios sin actualizaciones salariales en el año 2020 en el Sector Agroalimentario



               2.-CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE FABRICANTES DE GALLETAS Y BIZCOCHOS DE BURGOS.

                CÓDIGO CONVENIO        09000305011981
                VIGENCIA               2007-2009
                DENUNCIA DEL CONVENIO  El convenio se entenderá denunciado automáticamente a la fecha de su vencimiento.
                NÚMERO DE TRABAJADORES  0
                MUJERES                0
                HOMBRES                0
                JORNADA                40 horas semanales
                VACACIONES             31 días naturales
                EJERCICIO ECONÓMICO    2009
                INCREMENTO SALARIAL    Sin datos
                PAGAS EXTRAORDINARIAS  3 pagas extras. 2 pagas extraordinarias y 1 de beneficios, de una mensualidad de salario base
                                       + antigüedad cada una de ellas.
                SALARIO ANUAL          Peón: 11.298,84 €  Oficial 1ª: 12.001,32 €

                CLÁUSULA DE REVISIÓN   Sin datos.
                COMPLEMENTO DE IT      Las condiciones para el abono para el complemento en caso de I.L.T. por accidente, fijadas en el artículo
                                       34 de la ordenanza laboral para las industrias de alimentación –O.M. de 8 de julio de 1976–, aplicable
                                       al presente convenio, se mejoran en el sentido de ampliar la cobertura del complemento para alcanzar
                                       la totalidad del salario que percibía el trabajador en el momento de accidentarse, devengándose a partir
                                       del primer día, en vez del mes previsto en la ordenanza, y permaneciendo inalterado el resto del artículo
                                       de la citada ordenanza.
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                CLÁUSULA DE
                ESTABILIDAD EN EL EMPLEO  NO
                VIOLENCIA DE GÉNERO    NO
                DERECHOS DIGITALES     Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales, de videovigilancia y grabación en el ámbito laboral: NO
                                       Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral: NO
                                       Derecho a la intimidad ante la utilización de geolocalización en el ámbito laboral: NO
                                       Garantías adicionales frente a los derechos digitales en la negociación colectiva: NO
                PARTES FIRMANTES       COMPAÑIAS MERCANTILES JESÚS ANGULO S.L; LA FLOR BURGALESA; UGT y CC.OO
                VARIOS / OBSERVACIONES  Convenio con vigencia hasta 2009. Sin actualización salarial
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