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5.- Ejemplos de buenas prácticas en la negociación colectiva dentro del sector agroalimentario




           CONVENIO COLECTIVO       BUENA PRÁCTICA
           CONVENIO COLECTIVO       Artículo 23.- Permiso especial. Fiestas con motivo del Ramadán
           PROVINCIAL DEL CAMPO
           DE ALMERÍA               Todos los trabajadores sujetos al presente Convenio y siempre que la situación del trabajo lo
           (4000795011990)          permita, tendrán derecho a un mes por año de permiso sin retribuir, por motivos plena y clara-
                                    mente justificados, según la casuística del artículo anterior.
                                    Este permiso especial habrá de ser solicitado previamente y justificado adecuadamente con
                                    posterioridad.

                                    Durante la duración de este permiso, el trabajador que lo disfrute, no podrá realizar ningún tipo
                                    de trabajo retribuido como asalariado por cuenta ajena.
                                    Fiestas con motivo del Ramadán.
                                    a) Los trabajadores que, por sus ideas religiosas, celebren “la Fiesta Chica” y “la Fiesta del Cor-
                                    dero”, disfrutarán de un día de permiso no retribuido coincidiendo con la fecha en que cada
                                    una de ellas tengan lugar.
                                    b) Así mismo, durante la celebración del Ramadán, los trabajadores que profesen esta confe-
                                    sión religiosa, previo acuerdo entre la empresa y los representantes legales o, en su defecto,
                                    por acuerdo entre la empresa y los trabajadores del centro de trabajo afectado, podrán fijar su
                                    jornada de forma continuada, con una disminución de una hora al comienzo y otra al término
                                    de la misma. Dicha reducción se recuperará en la forma que, igualmente, se acuerde.

                                    A falta de acuerdo, los trabajadores podrán solicitar el arbitraje de la Comisión Paritaria del Con-
                                    venio, cuya decisión, que deberá adoptarse por unanimidad de sus miembros, tendrá carácter
                                    vinculante para la empresa y los trabajadores afectados.
                                                                                                               355
           CONVENIO COLECTIVO       Se entenderá por violencia de género en el trabajo toda conducta abusiva, ejercida en el lu-
           PROVINCIAL DEL SECTOR    gar de trabajo tanto por superiores jerárquicos como por iguales, sin el consentimiento de la
           AGROPECUARIO DE          persona que la sufre, de forma que crea un ambiente laboral intimidatorio, hostil, humillante
           CUENCA                   para la víctima y pone en peligro su puesto de trabajo o condiciona su carrera profesional. Las
           (16000850119982)         manifestaciones de la violencia de género en el trabajo son el acoso sexual y el acoso moral
                                    por razón de género.
                                    2. Cláusula de equiparación de las diferentes formas de familias.

           CONFITERÍA, PASTELERÍA,  Premio de natalidad
           BOLLERÍA, TORTAS,        Premio de nupcialidad
           MAZAPANES Y OTROS
           PRODUCTOS DE
           DESAYUNO DE SEVILLA
           (41000905011981)

           CONVENIO COLECTIVO       Protocolo para la prevención y actuación en los casos de acoso.
           ESTATAL DE INDUSTRIAS    1.- Acoso sexual
           CÁRNICAS                 2.- Acoso por razón de sexo
           (99000555011981)         3.- Otro acoso de carácter discriminatorio
                                    4.- Otro acoso moral vulnerador de derechos fundamentales («mobbing»)

           CONVENIO COLECTIVO       Art. 40. Ayuda a la deficiencia mental
           CONS. SALAZ PESCADO
           DE VIZCAYA
           (48000685011981)
           CONVENIO COLECTIVO
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