Page 256 - Las Marcas de Distribución en los sectores de fabricación de productos: lácteos, panadería y pastelería, conservas de pescado y aguas (2019)
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Empresa:  CORPORACIÓN JEALSA RIANXEIRA                                       Ranking 1
            Nº orden Centro de trabajo
                  Ventas 2019 (Mill €).
           Variación sobre año anterior  639,40 Millones € (+4,39%)
               Plantilla 2019. Variación   2.455 (+6,14%)
                   sobre año anterior
                             MDD   SI
                Centro de trabajo ccaa   GALICIA A CORUÑA-BOIRO Y POBLA DO CARAMIÑAL
                  provincia localidad
                   Nombre convenio  CONSERVAS SEMICONSERVAS Y SALAZONES DE PESCADO Y MARISCO
                    Código convenio  99001315011981
                           Vigencia  2016-2020
             Cláusula de ultraactividad  hasta firma de uno nuevo
                 Jornada Anual h/año  1.730,00
            Jornada Semanal h/semana
                                   Como medida de flexibilidad, en cada centro de trabajo, y como instrumento de mejora de la
                                   competitividad empresarial y mejor adaptación a los ciclos económicos, la distribución irregular
           Regulación de la Flexibilidad
                         de Jornada   de la jornada, cumpliendo los demás requisitos previstos en el art. 34.2 del Estatuto de los
                                   Trabajadores, podrá alcanzar hasta el 10 % sin necesidad de previo acuerdo con la representación
                                   legal de los trabajadores. Maximo 9 horas diarias.
           Salario base Trabajador Fijo:   13.825,25
                        PEÓN €/año
           Salario base Trabajador Fijo:   13.982,50
                     OFICIAL 1 €/año
                         Vacaciones  22 días laborables
                          Nº Pagas  2
           Importe Pagas extraordinarias Una mensualidad
                         Antigüedad  A partir del 1 de enero de 2016, queda suprimido el plus de experiencia profesional
                  Incremento Salarial  1,50%
            Cláusula de Revisión Salarial NO
               Complemento de IT EC  NO
                Complemento IT AT y   100% Salario neto
                     Hospitalización
                    Seguro Colectivo  NO REGULA
           Cláusula de Estabilidad en el
                           Empleo  0
                                   Delegados sindicales en empresas de más 200 y 15% afiliación. Podrá solicitar la situación de
                                   excedencia aquel trabajador en activo que ostenta cargo sindical de relevancia provincial, a nivel
                  Derechos Sindicales
                                   de secretariado del sindicato respectivo. Permisos a los cargos relevantes que participen en
                                   negociaciones de Convenios. Acumulación de horas sindicales
                   Mejoras sociales I.  Ayuda mensual por cada descendiente discapacitado físico o psíquico a su cargo de`pendiendo
               Prestaciones familiares  del grado de discapacidad. Ayuda escolar
                   Mejoras sociales II.
           Préstamos y Ayudas vivienda  NO REGULA
                                   Plus extraordinario de permanencia: Trabajadores con 20 años de permanencia en la empresa:
                                   A los 60 años de edad: 9 mensualidades de salario real. A los 61 años de edad: 7 mensualidades
                                   de salario real. A los 62 años de edad: 4 mensualidades de salario real. A los 63 años de edad: 2
                  Mejoras sociales III.
            Permanencia o vinculación,   mensualidades de salario real. A los 64 años de edad: 1,5 mensualidades de salario real. A los 65
                        Incapacidad  años de edad: 1 mensualidad de salario real si la permanencia en la empresa se situase entre los
                                   20 y 25 años A los 65 años de edad: 2 mensualidades de salario real si su permanencia es superior
                                   a 25 años. Más de 65 años de edad: una mensualidad y media de salario real, siempre que su
                                   permanencia rebase los 20 años.
                   Mejoras sociales IV  Suministro de productos con porcentaje de reducción sobre el precio de venta de fábrica








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