La Federación de Industria, Construcción y Agro de UGT, CCOO de Industria y la patronal Confemetal han ratificado hoy el nuevo convenio, con vigencia para tres años, que viene a mejorar las condiciones laborales de los trabajadores y trabajadoras del sector
Tras más de un año de negociaciones, la comisión negociadora del IV Convenio Colectivo Estatal de la Industria, las Nuevas Tecnologías y los Servicios del Sector del Metal (CEM) ha firmado hoy el acuerdo para renovar el contenido del convenio.
Entre los aspectos más importantes del nuevo convenio, figuran los siguientes puntos:
Vigencia de tres años (2021 a 2023).
Se refuerza el ámbito funcional, manteniéndose a su vez el modelo de estructura de la negociación colectiva del sector, habiendo materias que se negocian en el ámbito estatal comunes para todo el sector y otras materias competencia de los ámbitos provinciales de negociación.
En materia de jubilación obligatoria en el sector, se actualiza el articulado del convenio a la legislación vigente.
Igualmente se amplían derechos para las personas trabajadoras en la regulación de teletrabajo y trabajo a distancia y se regula el registro de jornada.
En cuanto al salario sectorial, se actualiza el texto del convenio con el registro retributivo y se crea un nuevo artículo sobre igualdad retributiva entre mujeres y hombres basado en el principio de igualdad de retribución por trabajos de igual valor, eliminando así desigualdades.
Igualmente se mejora el texto en materia de igualdad, planes de igualdad y los diagnósticos de situación, criterios de promoción.
En cuanto al observatorio sectorial, se continúa apostando por los firmantes por esta útil herramienta de conocimiento para el sector, donde se elaborarán estudios estadísticos, se generará información cuantitativa y cualitativa específica sobre la situación y perspectivas del Sector.
En referencia a la formación obligatoria en materia de prevención de riesgos laborales, se amplía en un año, debido a la pandemia, el plazo para que las personas trabajadoras del sector reciban la formación obligatoria recogida en los capítulos XVII y XVIII. Es decir, todas las personas trabajadoras del sector deben de tener el 1 de octubre de 2022 la formación recibida.
Por otra parte, en lo específico del sector siderúrgico, se adecúa la formación mínima obligatoria en materia de Prevención de Riesgos Laborales a la realidad sectorial.
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