Page 455 - LAS MARCAS DE DISTRIBUCIÓNEN LOS SECTORES DEL MANIPULADO HORTOFRUTÍCOLA, BEBIDAS REFRESCANTES Y CERVEZAS, INDUSTRIAS CÁRNICAS Y VITIVINÍCOLA
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Resultados de la investigación Resultados de la investigación
En otros convenios figuran dentro de su propio articulado, tal es el caso de Mahou-
San Miguel (CC Cervezas Alhambra Título XI, Art. 55 y CC Aguas Solán de Cabras)
que repiten el mismo texto:
“Ambas partes se comprometen a fomentar y a alcanzar la igualdad plena y efectiva
de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, a través de una serie de medidas
que propicien la posibilidad de armonizar la vida personal, familiar y laboral. • Asegurar
que los procedimientos y protocolos de selección contienen criterios objetivos y
no existen requisitos que puedan tener directa o indirectamente, consecuencias
discriminatorias.
Garantizar un sistema retributivo claro y transparente, asegurando desde la
incorporación a la empresa la igualdad retributiva entre hombres y mujeres para
puestos de igual o similar naturaleza (funciones y responsabilidades)”.
Algo parecido encontramos en el CC Bebidas Pepsico en el centro de Sevilla en su
cláusula 3ª Igualdad de oportunidades y no discriminación:
“3.—Los firmantes del presente Convenio coinciden que son objetivos prioritarios para
el logro de la igualdad de oportunidades sistemáticas y planificadas los siguientes:
1. Que tanto las mujeres como los hombres gocen de igualdad de oportunidades
en cuanto al acceso y mantenimiento en el empleo, la formación profesional, la
promoción profesional y el desarrollo en su trabajo
2. Que mujeres y hombres reciban igual retribución económica por trabajos de
igual valor, tanto en lo que se refiere al salario base como complementos, así
como que haya igualdad en cuanto a sus condiciones de empleo en cualquiera
otros sentidos del mismo.”
Medidas de preferencia a favor del sexo menos representado (acciones positivas)
En el análisis de estos Convenios Colectivos se observa que tan solo el 19%
recoge lo que podría ser entendido como una medida de preferencia a
favor del sexo menos representado (acciones positivas) y en la mayoría de
los casos dentro del Plan de Igualdad anexionado al convenio.
Entre los convenios que encontramos medidas de acción positiva en el Plan
de igualdad destaca Begano (Anexo V); Norbega (Anexo IV); Cervecera de
Canarias (Anexo 4) e Hijos de Rivera (Capítulo X. Art. 57)
Medidas para prevenir el acoso sexual o el acoso por razón de sexo
Tan solo el 16% de los Convenios analizados cuenta con un protocolo de
actuación en casos de acoso sexual y/o por razón de sexo, lo que supone
5 de los 31 convenios analizados, 3 de los cuales pertenecen a empresa
que fabrican productos MDD y los otros 2 son de empresas marquistas.
Alguno de estos protocolos está muy poco desarrollados, sin un
procedimiento claro de actuación, sin participación de la RLT y sin plazos
para resolver el conflicto, tal es el caso de Begano, el CC de Refresco
Iberia, SAU (Art. 25) e Hijos de Rivera (Anexo IV)
Por el contrario, el Protocolo de acoso recogido en el CC de Cervezas
Reina, aplicable en el centro de Tenerife de Mahou- San Miguel, está muy
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