Page 267 - La Industria agroalimentaria y las marcas de distribución 2016
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Empresa:  CORPORACIÓN ALIMENTARIA PEÑASANTA, S.A. (CAPSA FOOD)              Ranking  26
                       Marca Blanca  SI
                            Grupo  CORP. ALIM. PEÑASANTA, S.A. CAPSA FOOD
                 Empresa o Convenio  CORPORACION ALIMENTARIA PEÑASANTA CENTRO DE LUGO
                            Sector Lácteos
                    Código Convenio  27000622011992
                   Centro de trabajo  LUGO
                           Vigencia  2014-2016
                                   Mientras las partes no pacten otro convenio este quedará prorrogado en todos sus términos por lo
             Cláusula de ultraactividad
                                   que se seguirá aplicando la parte normativa y retributiva del presente convenio
                 Jornada Anual h/año  No contempla
           Jornada Semanal h/semana  40 h/semana
           Trabajador Fijo:  Peón €/año 18.511,84
             Trabajador Fijo:  Oficial 1 €/
                               año  20.329,15
                         Vacaciones  30 días naturales
                          Nº Pagas  3
                      Importe Pagas  0 días: Salario base + Pluses (Antigüedad + Actividad) o parte proporcional correspondiente al
                     extraordinarias  tiempo del alta en la empresa
                                   A partir de 31-12-1998 no devengarán antigüedad. Se conserva como complemento ad personam
                        Antigüedad
                                   la anterior
                  Incremento Salarial 0,7%
           Cláusula de Revisión Salarial  No contempla
                  Complemento de IT  100% del salario regulador, desde el primer día de la baja y hasta un máximo de 18 meses.
                    Seguro Colectivo  Póliza de seguros Importes según tablas
           Cláusula de Estabilidad en el  La empresa fomentará la creación de empleo estable y creará una bolsa con personal para cubrir
                           Empleo  eventualidades de trabajo, limitando la contratación de ETT para situaciones excepcionales.
                                   La dirección de la empresa establecerá durante el primer trimestre del año un calendario de cursos
                                   de formación profesional. La empresa se compromete a gastar durante cada uno de los años de
                         Formación  vigencia el 0,5% del importe total del sueldo base y plus de actividad en concepto de formación
                                   para las personas. Para el personal de la empresa que realice cursos no contemplados en los
                                   planes de formación, se establece una ayuda del 50%
                       Salud Laboral  Para el Comité de Seguridad y Salud se aplicará la Ley de Prevención de Riesgos Laborales
           Clausula de medio ambiente No contempla
                                   Las partes acuerdan actuar en todo momento regidas por el principio de igualdad de trato y
                Cláusulas de igualdad  oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral, en aplicación de lo dispuesto en el
                                   plan de igualdad elaborado en la empresa
                                   Ambas partes se comprometen a impulsar la contratación de personal «a tiempo parcial» como
             Conciliación vida familiar
                                   medida para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral.
                  Violencia de género  No contempla
                                   Según LOLS. Se creará un fondo a cargo de la empresa, destinado a financiar las  gestiones del
                                   comité de empresa derivadas de su representatividad. Se establece un fondo a cargo de la empresa,
                  Derechos Sindicales
                                   que se fija en la cantidad de 939,49 euros, que se pondrá a disposición de las secciones sindicales
                                   representadas en la mesa de negociación
                       Digitalización  NO
                    Mejoras sociales I  Premio de constancia de acuerdo con la tabla
                                   Se establece un plus de seguridad anual. Premio de seguridad = 180€ / 12  X el número de meses
                   Mejoras sociales II
                                   del año anterior sin accidentes en el ámbito del convenio en el ámbito del convenio
                                   Ayuda escolar hijos en edades comprendidas entre los 4 y los 17 años, ambas incluidas. para las
                  Mejoras sociales III
                                   personas con ingresos totales brutos inferiores a 2,5 veces el salario mínimo interprofesional. Tabla
                  Mejoras sociales IV  Ayuda a personas con discapacidad. Plus de natalidad y nupcialidad








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