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PANADERÍAS
CONVENIO COLECTIVO DE INDUSTRIAS DE LA PANADERÍA
DE LA PROVINCIA DE BARCELONA|
Código de Convenio | 08002525011994
JORNADA
PROVINCIA: JORNADA ANUAL: 1.826 horas anuales
BARCELONA REGULA EL REGISTRO DE JORNADA:
VIGENCIA: No
2020-2023 REGULA EL TRABAJO A DISTANCIA:
No
ESTADO:
REVISADO REGULA LA DESCONEXIÓN DIGITAL:
No
Nº TOTAL
TRABAJADORES: VACACIONES: 30 días naturales
5.000 CLÁUSULAS SOBRE FLEXIBILIDAD DE LA JORNADA:
Artículo 15. Jornada en supuestos especiales.
Nº MUJERES: Siendo conscientes las partes firmantes de las características
2.500 especiales del ciclo productivo y comercial de las empresas del
sector que provocan una acumulación de carga de trabajo en
Nº HOMBRES: determinados periodos del año, en detrimento otros, se acuerda
2.500 establecer una distribución de la jornada flexible que ayude a
solucionar los problemas antes referidos.
Así, cuando exista una necesidad productiva y/o comercial, se podrá
aplicar una distribución irregular de la jornada con un máximo del
15% de la jornada anual, con el límite que como jornada máxima
diaria establece la legislación laboral. La empresa preavisará con un
mínimo de 7 días a los/las trabajadores/nada afectados/desde el
cambio de distribución de la jornada de forma individual, excepto en
el caso de una incomparecencia imprevista. El disfrute
compensatorio de estas horas se podrá hacer con carácter previo o
posteriormente a los mencionados periodos con mayor carga de
trabajo, según acuerden las partes. En cualquier caso, la mencionada
compensación en descanso, se tendrá que hacer en un plazo máximo
de tres meses desde la realización de esta distribución irregular de
la jornada, posibilitando la acumulación en jornadas cumplidas.