Page 556 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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CONFITERÍAS, PASTELERÍAS, CHOCOLATES,
MASAS FRITAS, CARAMELOS Y TURRONES
CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DEL SECTOR DE
CONFITERÍA, BOLLERÍA, REPOSTERÍA, REPOSTERÍA
ARTESANAL Y PLATOS PRECOCINADOS DE VALLADOLID|
Código de Convenio | 47000105011982
JORNADA
PROVINCIA: JORNADA ANUAL: 1.787 horas anuales
VALLADOLID REGULA EL REGISTRO DE JORNADA:
VIGENCIA: No
2023-2025 REGULA EL TRABAJO A DISTANCIA:
No
ESTADO:
NUEVO REGULA LA DESCONEXIÓN DIGITAL:
No
Nº TOTAL
TRABAJADORES: VACACIONES: 31 días naturales
200 CLÁUSULAS SOBRE FLEXIBILIDAD DE LA JORNADA:
Art.14.
Nº MUJERES: Dadas las características de los ciclos productivos anuales de las empresas
150 del sector, en virtud de las cuales se producen acumulaciones de
producción en determinados periodos anuales, en detrimento de otros de
Nº HOMBRES: baja producción, ambas partes acuerdan establecer una distribución horaria
50 heterogénea para el sector a fin de lograr una mejora de la productividad.
Por ello se acuerda un 10% de flexibilidad horaria de la jornada anual con
los siguientes criterios:
- Se podrán establecer periodos de tiempo durante los cuales la jornada
normal del trabajo será efectiva hasta un máximo de 9 horas diarias a
compensar en aquellos periodos del año de baja productividad.
- Esta distribución heterogénea deberá estar recogida en el
correspondiente calendario laboral.
- Se respetará en todo caso los descansos establecidos por la ley.
- No obstante cualquier modificación de esta distribución en el calendario
laboral, deberá de comunicarse al trabajador/a así como a la
Representación legal de los trabajadores si la hubiera por escrito en un
plazo mínimo de 5 días.