Page 134 - NC 2023 en el Sector Agrario Español
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AGRARIO Y MANIPULADO HORTOFRUTÍCOLA



          CONVENIO COLECTIVO PARA EL MANIPULADO Y

          ENVASADO DE AGRIOS DE LA REGIÓN DE MURCIA|
          Código de Convenio | 30000055011982
                                                  SALARIOS







          PROVINCIA:                        INCREMENTO SALARIAL 2023:                                  1,80 %
          MURCIA                            SALARIO ANUAL PEÓN:                                   15.120,12 €
                                            SALARIO ANUAL OFICIAL 2ª:                             16.540,16 €
          VIGENCIA:                         SALARIO ANUAL
          2020-2024                         ENCARGADO/CAPATAZ/CONTRAMAESTRE:                      16.884,00 €

          ESTADO:                           DIFERENCIA SMI 2023 PEÓN:                                   0,12 €
          REVISADO                          DIFERENCIA SMI 2023 OFICIAL 2ª                         1.420,16 €
                                            DIFERENCIA SMI 2023                                    1.764,00 €
          Nº TOTAL                          ENCARGADO/CAPATAZ/CONTRAMAESTRE:
          TRABAJADORES:                     CLÁUSULA DE REVISIÓN:
          1.000                             Art.40. En el caso de que el IPC Nacional Real del año anterior sea
                                            superior a los porcentajes pactados en convenio para el año siguiente
            Nº MUJERES:                     se realizará una revisión salarial por la diferencia, estableciéndose un


          800                               tope del 2% en todo caso. En el supuesto de que en algún año el
                                            importe  salarial  de  una  categoría  profesional,  que  aparece  en  las
          Nº HOMBRES:                       tablas adjuntas, quedara por debajo de lo establecido en el SMI se
          200                               aplicaría  la  diferencia  en  tablas.  Los  incrementos  pactados  se
                                            aplicarán siempre sobre las presentes tablas que se firman con el
                                            texto del convenio, nunca sobre tablas futuras.

                                            PAGAS EXTRAORDINARIAS:
                                            2  pagas  extraordinarias  de  30  días  de  salario  base  y  Plus  de
                                            fidelización + 1 paga de beneficios para los trabajadores  fijos, con
                                            importe igual para todas las personas trabajadoras.

                                            OBSERVACIONES:
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