Page 124 - Negociación Colectiva 2021 en el sector agroalimentario español
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4.3.2.1.- Sector de aceites y derivados



               12.- INDUSTRIAS DEL ACEITE Y SUS DERIVADOS
                CÓDIGO CONVENIO        41001535011982
                PROVINCIA              SEVILLA

                VIGENCIA               2018-2022
                ESTADO                 Revisado
                NÚMERO DE TRABAJADORES  2.549
                HOMBRES                943
                MUJERES                1.606

                1.- POLÍTICA SALARIAL
                EJERCICIO ECONÓMICO    2021
                INCREMENTO SALARIAL    1,50%
                SALARIO ANUAL          Peón: 13.028,01 €  Oficial 1ª: 13.448,76 €
                DIFERENCIA CON SMI 2021  Peón: - 271,99 €   Oficial 1ª: 148,76 €
                CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL Sí. Si el IPC a 31 de diciembre del año anterior supera el 2%, se sumará a la subida salarial acordada del
                                       1,5% la mitad de lo que exceda del indicado 2%.
                2.- IGUALDAD
                REGULA EL PRINCIPIO    NO
                DE IGUALDAD SALARIAL
                MEDIDAS PARA LA PROTECCIÓN   Los trabajadores que tengan la consideración de víctimas de violencia de género o de víctimas del terrorismo
      124       DE VÍCTIMAS DE VIOLENCIA   tendrán derecho, para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral, a la reducción
                                       de la jornada de trabajo con disminución proporcional del salario o a la reordenación del tiempo de trabajo,
                DE GÉNERO
                                       a través de la adaptación del horario, de la aplicación del horario flexible o de otras formas de ordenación del
                                       tiempo de trabajo que se utilicen en la empresa.
                ACOSO SEXUAL Y         Regulado como falta muy grave. Las partes firmantes del presente convenio se comprometen a impulsar
                POR RAZÓN DE SEXO      un entorNo laboral donde se respete la dignidad de la persona, así como perseguir, prevenir y erradicar las
                (Sanciones / Medidas / Protocolo)  situaciones constitutivas de acoso, en todas sus modalidades: acoso sexual, acoso por razón de sexo y acoso
                                       moral o mobbing asumiendo la Empresa su responsabilidad en orden a erradicar un entorNo de conductas
                                       contrarias a la dignidad y valores de la persona y que pueden afectar a la salud física o psíquica de la persona.
                3.- JORNADA
                JORNADA LABORAL ANUAL  1.800
                REGULA EL REGISTRO DE JORNADA NO
                4.- INDUSTRIA 4.0
                REGULA EL TRABAJO A DISTANCIA  NO
                REGULA LA DESCONEXIÓN DIGITAL  NO
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