Page 305 - NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2019 EN EL SECTOR AGROALIMENTARIO ESPAÑOL
P. 305

4.3.9.- Sector de panaderías



        42.- CONVENIO COLECTIVO DE PANADERÍA Y PASTELERÍA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA.
         CÓDIGO CONVENIO        80100065012013
         VIGENCIA               2018-2021

         DENUNCIA DEL CONVENIO  El Convenio Colectivo se prorrogará de año en año si, con una antelación de al menos tres meses a la fecha de
                                expiración, no es denunciado por alguna de las partes mediante comunicación escrita, de la que la otra parte
                                acusará recibo, remitiendo copia para su registro a la autoridad laboral.
         NÚMERO DE TRABAJADORES  14.185
         MUJERES                8.653
         HOMBRES                5.532
         JORNADA                1.782 horas anuales
         VACACIONES             32 días naturales
         EJERCICIO ECONÓMICO    2019
         INCREMENTO SALARIAL    2,1% sobre los valores abonados hasta 30 de junio de 2018 más un 2%:
         PAGAS EXTRAORDINARIAS  3 pagas extraordinarias
         SALARIO ANUAL          Peón: 14.484,86   Oficial 1ª: 15.352,61
         CLÁUSULA DE REVISIÓN   En el supuesto de que la suma del IPC estatal correspondiente a los años 2018, 2019, 2020 y 2021 resulte
                                una cifra distinta al 7,80 %, se procederá a efectuar una actualización de las tablas abonadas en 2021 por
                                la indicada diferencia con el límite del 1% y sin efectos retroactivos, sirviendo como base de cálculo para
                                el incremento salarial del año 2023
         COMPLEMENTO DE IT      En los supuestos de incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo, la empresa abonará el 25%
                                de la base reguladora de la prestación correspondiente hasta el límite de doce meses. Los procesos de
                                incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo iniciados con anterioridad a la publicación del   305
                                presente Convenio Colectivo se regirán por lo dispuesto en el artículo 38.1 del convenio colectivo de
                                panadería y pastelería de la Comunidad Valenciana para los años 2015 a 2017, publicado en el DOCV
                                núm. 7553 de 22 de Junio de 2015.
                                2. En los procesos de Incapacidad Temporal derivada de Enfermedad Común o Accidente no laboral, las
                                empresas abonarán el 25% de la base reguladora de la prestación de Incapacidad Temporal desde el día
                                sesenta hasta el día trescientos sesenta y cinco de la baja.
         CLÁUSULA DE            Podrán concertarse contratos de trabajo para el fomento de la
         ESTABILIDAD EN EL EMPLEO  contratación indefinida
         VIOLENCIA DE GÉNERO    Sí
         DERECHOS DIGITALES     Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales, de videovigilancia y grabación en el ámbito laboral:
                                En relación a las actuaciones frente al acoso en el ámbito laboral, se señala el deber de garantía de confi-
                                dencialidad y protección de la intimidad y la dignidad de las personas implicadas.
                                Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral: NO
                                Derecho a la intimidad ante la utilización de geolocalización en el ámbito laboral: NO
                                Garantías adicionales frente a los derechos digitales en la negociación colectiva: NO
         PARTES FIRMANTES       UGT, CCOO, COPPAVAL, FAPPCOVA  Y FEDACOVA
         VARIOS / OBSERVACIONES
   300   301   302   303   304   305   306   307   308   309   310