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4.3.1.- Sector agrario y del manipulado hortofrutícola
31.-CONVENIO COLECTIVO PARA EL MANIPULADO Y ENVASADO DE AGRIOS DE LA REGIÓN DE MURCIA.
VIGENCIA 2016/2019
CÓDIGO CONVENIO 30000055011982
DENUNCIA DEL CONVENIO El convenio estará denunciado automáticamente al finalizar su vigencia.
NÚMERO DE TRABAJADORES 1.000
MUJERES 800
HOMBRES 200
JORNADA 1.800 horas/año
VACACIONES 30 días naturales.
PAGAS EXTRAORDINARIAS 2 pagas extraordinarias de 30 días de salario base y Plus de fidelización + 1 paga de beneficios para los
trabajadores fijos, que percibirá en concepto de paga de beneficios, un 10% del salario base, abonable
mensualmente. El trabajador fijo discontinuo y eventual, percibe dicho importe en el salario diario.
SALARIO ANUAL Peón: 12.675,68 Oficial 1ª: 13.874,68
INCREMENTO SALARIAL 0,0%.
CLÁUSULA DE REVISIÓN NO
COMPLEMENTO DE I.T. SI. En caso de accidente de trabajo, las empresas completarán hasta el 100% de la base de cotización, la
retribución del trabajador que sufra tal contingencia y ello a partir del 4.º día del accidente, procediéndose
al abono de tal complemento exclusivamente en los días en que le hubiera correspondido trabajar al acci-
dentado por el número de orden de antigüedad a efectos de llamamiento.
CLÁUSULA DE SI
ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
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COMISIÓN DE FORMACIÓN SI, por comisión paritaria
COMITÉ DE SALUD LABORAL SEGÚN LPRL.
CLÁUSULA DE MEDIO AMBIENTE NO
CLÁUSULAS DE IGUALDAD SI
VIOLENCIA DE GÉNERO La trabajadora víctima de violencia de género, tendrá derecho, para hacer efectiva su protección, o su
derecho a la asistencia social integral, a la reducción de la jornada de trabajo con disminución propor-
cional del salario o a la reordenación del tiempo de trabajo, a través de la adaptación del horario, o de
la aplicación del horario flexible, o de otras formas de ordenación del tiempo de trabajo que se utilicen
en la empresa.
PARTES FIRMANTES ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS HORTOFRUTÍCOLAS, UGT Y CC.OO